El artículo 19, apartado 1. f) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, encomienda a la Junta Electoral Central aprobar, a propuesta de las administraciones correspondientes, los modelos de actas de constitución de Mesas Electorales, de escrutinio, de sesión, de escrutinio general y proclamación de electos.
La Junta Electoral Central, en su reunión del día de la fecha, ha acordado aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.1. f) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, a propuesta de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, los modelos de actas de constitución de las Juntas Electorales Provinciales, de escrutinio, de sesión y de proclamación de electos, así como las de constitución, escrutinio y sesión de las Mesas Electorales, a utilizar en las elecciones al Parlamento de las Islas Baleares.
Actas Mesas Electorales
Acta de constitución (anexo 1).
Acta de escrutinio (anexo 2).
Acta de la sesión (anexo 3).
Actas Juntas Electorales Provinciales
Acta de constitución (anexo 4).
Acta de escrutinio (anexo 5).
Acta de sesión/es del escrutinio (anexo 6).
Acta de proclamación (anexo 7).
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 1995.-El Presidente, Francisco Soto Nieto.
(ANEXOS OMITIDOS)
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