Al amparo de lo establecido en el artículo 10 del Estatuto de RENFE-Operadora, el Consejo de Administración ha adoptado el siguiente acuerdo:
Delegar en el Secretario del Consejo de Administración de la entidad pública empresarial RENFE-Operadora la siguiente competencia: Resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial que se inicien e instruyan al amparo de los artículos 139 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente delegación no se extenderá a aquellos expedientes que impliquen el reconocimiento de una responsabilidad patrimonial igual o superior a un millón de euros (1.000.000 euros).
Publíquese el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 25 de enero de 2005.-El Presidente, José Salgueiro Carmona.
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