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Documento BOE-A-2008-2378

Acuerdo de 24 de enero de 2008, de la Junta Electoral Central, de ampliación en la Comunidad Autónoma de Andalucía, a petición de la Junta de Andalucía, del plazo de petición del voto por correo por ser festivo en la referida Comunidad Autónoma el día de finalización del citado plazo.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2008, páginas 7354 a 7354 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Junta Electoral Central
Referencia:
BOE-A-2008-2378
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2008/01/24/(1)

TEXTO ORIGINAL

A petición de la Junta de Andalucía que solicitaba la ampliación en la referida Comunidad Autónoma del plazo para la solicitud del voto por correo por ser festivo en la citada Comunidad Autónoma el día de finalización del plazo establecido en el artículo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (28 de febrero), y vistos los informes favorables de Correos y Telégrafos y de la Oficina del Censo Electoral, y de conformidad con el criterio mantenido por esta Junta Electoral Central, se acuerda ampliar el plazo para la solicitud del voto por correo en la referida Comunidad Autónoma hasta el día siguiente, en el horario habitual de las Oficinas de Correos. A tal efecto, las Oficinas de Correos deberán remitir las solicitudes del voto por correo a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral afectadas antes de la finalización del plazo de envío de la documentación para el ejercicio del citado derecho de sufragio, es decir, antes del 3 de marzo de 2008.

Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2008.-El Presidente de la Junta Electoral Central, José María Ruiz-Jarabo Ferrán

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 24/01/2008
  • Fecha de publicación: 11/02/2008
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 72 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1985-11672).
Materias
  • Andalucía
  • Elecciones
  • Elecciones autonómicas
  • Junta Electoral Central
  • Procedimiento Electoral
  • Voto por correspondencia

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