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Documento BOE-A-2008-17463

Acuerdo de 15 de octubre de 2008, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de modificación del fichero de historiales profesionales de Jueces y Magistrados.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 31 de octubre de 2008, páginas 43304 a 43304 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2008-17463
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2008/10/15/(1)

TEXTO ORIGINAL

La creación de este fichero a los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, se publicó en el Boletín Oficial del Estado de 30 de septiembre de 2000, previa aprobación por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en su sesión de 26 de julio de 2000. Posteriormente, por acuerdo del Pleno de 3 de noviembre de 2006, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 17 de noviembre de 2006, se acordó modificar este fichero. Se describe, a continuación, la nueva disposición de modificación del expresado fichero:

Nombre del fichero: Historiales Profesionales de Jueces y Magistrados. a) Finalidad: Realización de las tareas propias del Consejo General del Poder Judicial como órgano de gobierno de los miembros de la Carrera Judicial, que incluyen: 1. Gestión de la ocupación de los titulares de los Órganos Judiciales.

2. Historial Administrativo de los miembros de la Carrera Judicial. 3. Expedición del carné profesional. 4. Gestión de la función inspectora del CGPJ, basada en el control de la actividad en los Órganos Judiciales para la toma de decisiones tendentes a la optimización de recursos humanos y materiales en aras a la mejora del funcionamiento de la justicia.

b) Usos previstos: Administrativos.

c) Personas o colectivos sobre los que pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Miembros de la Carrera Judicial, Jueces Sustitutos, Magistrados Suplentes, provisiones temporales. d) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

1. Mediante la propia aportación de los datos por los interesados, bien personalmente o mediante formularios destinados al uso.

2. Datos proporcionados por los distintos Órganos Judiciales. 3. A través de las Visitas de Inspección.

e) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

1. Datos personales: Apellidos, nombre, DNI, fecha de nacimiento, forma de ingreso, fecha ingreso, especialidad, domicilio, fotografía, otros.

2. Relación de destinos: tanto en categoría de juez como de magistrado incluyendo, fechas nombramiento, posesión y cese y causa de cese. 3. Escalafón. 4. Licencias enfermedad y permisos. 5. Excedencias. Cursos formación. 6. Méritos y premios. 7. Visitas de inspección: Visitas de conocimiento, seguimientos, alardes, Planes de Urgencia, Diligencias Informativas, Compatibilidades, etc. 8. Expedientes disciplinarios: Órgano incoación, n.º diligencia, n.º expediente, tipo falta /Artículo, Acuerdo, Resolución, Sanción, Cancelación, etcétera. 9. Valoración del desempeño de Jueces y Magistrados: Datos estadísticos de rendimiento en la elaboración de sentencias.

f) Cesiones de datos que se prevén: Ministerio de Justicia, y órganos revisores de los acuerdos estatutarios que sobre Jueces y Magistrados puedan ser adoptados por el Consejo General del Poder Judicial.

g) Órgano responsable del fichero:

Consejo General del Poder Judicial.

C/ Marqués de la Ensenada, 8. 28004 Madrid.

h) Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

1. Secretaría General.

2. Servicio de Personal Judicial. 3. Inspección. 4. Gabinete Técnico.

i) Medidas de seguridad de nivel: Alto.

Madrid, 15 de octubre de 2008.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 15/10/2008
  • Fecha de publicación: 31/10/2008
Referencias anteriores
Materias
  • Administración de Justicia
  • Carrera Judicial
  • Consejo General del Poder Judicial
  • Ficheros con datos personales
  • Magistrados

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