MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES
Excelentísimo señor:
La Reunión Preparatoria de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa se iniciará en el Palacio de Exposiciones y Congresos de Madrid el día 9 de septiembre próximo. La Reunión Principal de dicha Conferencia se iniciará, a su vez, el día 11 de noviembre próximo, no pudiéndose precisar por ahora su duración exacta.
España, por el momento, no es signataria de la Convención sobre Misiones Especiales, anexa a la Resolución 2530 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1969).
Para asegurar la protección y los beneficios en materia de privilegios e inmunidades de los participantes en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, tanto en la Reunión Preparatoria como en la Principal, tengo la honra de informarle que de manera excepcional y solamente por el período de duración de la Conferencia, las autoridades españolas competentes aplicarán los beneficios, privilegios e inmunidades establecidos en la mencionada Convención sobre Misiones Especiales.
Esta Nota, así como su respuesta con su acuerdo por lo que respecta a su contenido-, constituirán un acuerdo entre España y Bélgica, que entrará en vigor de manera provisional en el momento que sea aprobado por el Consejo de Ministros de España, y de forma definitiva cuando se cumplan los requisitos que establece la legislación interna española.
Le ruego acepte, señor Embajador, las seguridades de mi alta consideración.
Madrid, 13 de agosto de 1980.
Marcelino Oreja Aguirre,
Ministro de Asuntos Exteriores
Excmo. Sr. Jean Verwilghen, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Bélgica. Madrid.
EMBAJADA DE BÉLGICA
Madrid, 22 de agosto de 1980.
Señor Ministro: Con referencia a su carta del 13 de agosto de 1980, tengo la honra, en nombre de mi Gobierno, de comunicaros mi conformidad sobre la propuesta del Gobierno español de aplicar, por el período de duración de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, tanto en la Reunión Preparatoria como en la Principal, las disposiciones de la Convención sobre Misiones Especiales, con el fin de asegurar la protección y los beneficios en materia de privilegios e inmunidades a los participantes en dicha Conferencia.
Permítame que le exprese, en nombre del Gobierno belga, mi agradecimiento por esta decisión del Gobierno español que, sin duda, contribuirá' a facilitar la misión de los miembros de las delegaciones durante la Conferencia de Madrid.
Le ruego acepte, señor Ministro, las seguridades de mi más alta consideración.
J. Verwilghen,
Embajador de Bélgica en Madrid
Excmo Sr. don Marcelino Oreja Aguirre, Ministro de Asuntos Exteriores. Madrid.
El presente Canje de Notas, constitutivo de Acuerdo, entró en vigor provisional el 31 de julio de 1980, fecha en que fue aprobado por el Consejo de Ministros.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 22 de agosto de 1980.–El Secretario general técnico, Juan Antonio Pérez-Urruti Maura.
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