MADRID, 19 DE JUNIO DE 1985.
SEÑOR MINISTRO:
A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 1985 GROENLANDIA DEJO DE FORMAR PARTE DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. LAS RELACIONES COMERCIALES ENTRE GROENLANDIA Y LAS COMUNIDADES EUROPEAS SE DETERMINAN DESPUES SEGUN EL REGIMEN RELATIVO A LA ASOCIACION DE LOS PAISES Y TERRITORIOS DE ULTRAMAR DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS.
AL OBJETO DE MANTENER, TRAS LA SALIDA DE GROENLANDIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEASHASTA QUE SE CONCLUYA EL PROCESO DE RATIFICACION DEL TRATADO DE ADHESION DE ESPAÑA A DICHAS COMUNIDADES, LA NORMATIVA VIGENTE EN LA ACTUALIDAD RELATIVA AL INTERCAMBIO COMERCIAL ENTRE GROENLANDIA Y ESPAÑA, EL GOBIERNO DANES DESEARIA QUESE SIGUIERAN APLICANDO LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN EL ACUERDO DEL 29 DE JUNIO DE 1970 ENTRE ESPAÑA Y LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA.
ESTE ACUERDO SE APLICARA PARA LOS PRODUCTOS ORIGINARIOS TANTO DE GROENLANDIA COMO DE ESPAÑA. TODAS LAS CUESTIONES SE DISCUTIRAN ENTRE LAS DOS PARTES, QUIENESSE REUNIRAN SIEMPRE QUE UNA DE ELLAS ASI LO DESEE.
EXCMO. SR. DON FERNANDO MORAN LOPEZ. MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES. MADRID.
EN EL CASO DE QUE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA ACEPTE LA PROPUESTA QUE ANTECEDE, EL GOBIERNO DANES SE HONRARA EN PROPONER QUE LA PRESENTE CARTA Y LA RESPUESTA AFIRMATIVA DE VUESTRA EXCELENCIA CONSTITUYA UN ACUERDO ENTRE LOS DOS GOBIERNOS, QUE SE APLICARA PROVISIONALMENTE A PARTIR DE LA FECHA DEL INTERCAMBIO DE ESTAS CARTAS Y ENTRARA EN VIGOR DEFINITIVAMENTE UNA VEZ CUMPLIDOSLOS TRAMITES CONSTITUCIONALES DE AMBOS PAISES.
APROVECHO LA OCASION PARA REITERAR A VUESTRA EXCELENCIA LAS SEGURIDADES DE MI MAS ALTA CONSIDERACION.
WILHELM ULRICHSEN, EMBAJADOR.
MADRID, 23 DE JULIO DE 1985.
EXCMO. SR. MOGENS WANDEL-PETERSEN. EMBAJADOR DE DINAMARCA. MADRID.
SEÑOR EMBAJADOR:
TENGO EL HONOR DE ACUSAR RECIBO DE SU CARTA DEL 19 DE JUNIO DE 1985 CON EL SIGUIENTE TEXTO:
A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 1985 GROENLANDIA DEJO DE FORMAR PARTE DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. LAS RELACIONES COMERCIALES ENTRE GROENLANDIA Y LAS COMUNIDADES EUROPEAS SE DETERMINAN DESPUES SEGUN EL REGIMEN RELATIVO A LA ASOCIACION DE LOS PAISES Y TERRITORIOS DE ULTRAMAR DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS.
AL OBJETO DE MANTENER, TRAS LA SALIDA DE GROENLANDIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEASHASTA QUE CONCLUYA EL PROCESO DE RATIFICACION DEL TRATADO DE ADHESION DE ESPAÑA A DICHAS COMUNIDADES, LA NORMATIVA VIGENTE EN LA ACTUALIDAD RELATIVA AL INTERCAMBIO COMERCIAL ENTRE GROENLANDIA Y ESPAÑA, EL GOBIERNO DANES DESEARIA QUESE SIGUIERAN APLICANDO LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN EL ACUERDO DEL 29 DE JUNIO DE 1970 ENTRE ESPAÑA Y LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA.
ESTE ACUERDO SE APLICARA PARA LOS PRODUCTOS ORIGINARIOS TANTO DE GROENLANDIA COMO DE ESPAÑA. TODAS LAS CUESTIONES SE DISCUTIRAN ENTRE LAS DOS PARTES, QUIENES SE REUNIRAN SIEMPRE QUE UNA DE ELLAS ASI LO DESEE.
EN EL CASO DE QUE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA ACEPTE LA PROPUESTA QUE ANTECEDE, EL GOBIERNO DANES SE HONRARA EN PROPONER QUE LA PRESENTE CARTA Y LA RESPUESTA AFIRMATIVA DE VUESTRA EXCELENCIA CONSTITUYA UN ACUERDO ENTRE LOS DOS GOBIERNOS, QUE SE APLICARA PROVISIONALMENTE A PARTIR DE LA FECHA DEL INTERCAMBIODE ESTAS CARTAS Y ENTRARA EN VIGOR DEFINITIVAMENTE UNA VEZ CUMPLIDOS LOS TRAMITES CONSTITUCIONALES DE AMBOS PAISES.
APROVECHO LA OCASION PARA REITERAR A VUESTRA EXCELENCIA LAS SEGURIDADES DE MI MAS ALTA CONSIDERACION.
EL GOBIERNO ESPAÑOL MANIFIESTA SU CONFORMIDAD CON EL CONTENIDO DE DICHA CARTA.
LA PRESENTE CARTA Y LA REFERIDA DE VUESTRA EXCELENCIA CONSTITUYEN UN ACUERDO ENTRE LOS GOBIERNOS DE DINAMARCA Y ESPAÑA QUE SE APLICARA PROVISIONALMENTE A PARTIR DE LA FECHA, Y ENTRARA EN VIGOR DEFINITIVAMENTE UNA VEZ CUMPLIDOS LOS TRAMITES CONSTITUCIONALES DE AMBOS PAISES.
APROVECHO LA OCASION PARA REITERAR A VUESTRA EXCELENCIA LAS SEGURIDADES DE MI MAS ALTA CONSIDERACION.
EL PRESENTE CANJE DE CARTAS, CONSTITUTIVO DE ACUERDO, SE APLICA PROVISIONALMENTEDESDE EL DIA 23 DE JULIO DE 1985, SEGUN LO DISPUESTO EN EL TEXTO DE LAS MISMAS.
LO QUE SE HACE PUBLICO PARA CONOCIMIENTO GENERAL.
MADRID, 31 DE JULIO DE 1985.-EL SECRETARIO GENERAL TECNICO, JOSE MANUEL PAZ Y AGUERAS.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid