Resolución 164(XXX): Prórroga del Convenio Internacional del Caucho Natural, 1987
El Consejo Internacional del Caucho Natural, en su trigésimo período de sesiones,
Tomando nota de los progresos realizados con miras a concertar un Convenio que suceda al Convenio Internacional del Caucho Natural de 1987,
Recordando su decisión de solicitar al Presidente de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Caucho Natural, de 1994, que recomendará al Secretario General de la UNCTAD la convocatoria de la tercera parte de la conferencia, por un período de dos semanas a partir del 6 de febrero de 1995, y
Reconociendo que el presente Convenio, prorrogado, está previsto que expire el 28 de diciembre de 1994,
Decide, de conformidad con el artículo 66, prorrogar el Convenio del Caucho Natural de 1987 por un período final de un año.
28 de noviembre de 1994.
La presente prórroga entró en vigor el 29 de diciembre de 1994.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 15 de marzo de 1995.—El Secretario general técnico, Antonio Bellver Manrique.
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