Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución y, por consiguiente, cumplidos los requisitos exigidos por la Legislación española, extiendo el presente Instrumento de Adhesión de España a la Convención para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), hecho en Washington el 31 de mayo de 1949 para que mediante su depósito y, de conformidad con lo dispuesto en su Artículo V (3), España pase a ser Parte de dicha Convención.
En fe de lo cual firmo el presente Instrumento, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Dado en Madrid, a 10 de enero de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, MIGUEL ÁNGEL MORATINOS CUYAUBÉ
Fecha depósito instrumento |
Entrada en vigor |
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Costa Rica (1,2) |
03-03-1950 R |
03-03-1950 |
29-05-1989 R |
29-05-1989 |
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Canadá (3) |
03-10-1967 AD |
03-10-1967 |
Ecuador (4,5) |
07-04-1961 AD |
07-04-1961 |
03-07-1997 AD |
03-07-1997 |
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El Salvador |
27-10-1997 AD |
27-10-1997 |
España |
27-01-2005 AD |
27-01-2005 |
Estados Unidos |
03-03-1950 R |
03-03-1950 |
Francia |
22-05-1973 AD |
22-05-1973 |
Guatemala |
27-06-2000 AD |
27-06-2000 |
Japón |
25-06-1970 AD |
25-06-1970 |
México (6,7) |
29-01-1964 AD |
29-01-1964 |
04-06-1999 AD |
04-06-1999 |
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Nicaragua |
06-11-1973 AD |
06-11-1973 |
Panamá |
21-09-1953 AD |
21-09-1953 |
Perú |
27-06-2002 AD |
27-06-2002 |
Vanuatu |
10-09-1990 AD |
10-09-1990 |
Venezuela |
10-06-1992 AD |
10-06-1992 |
R: Ratification. AD: Adhesión.
(2) Costa Rica reanuda su participación en la Comisión, con efecto el 29 mayo 1989. (3) Denuncia de la Convención por Canadá recibida el 17 mayo 1983, con efecto 17 mayo 1984. (4) Denuncia de la Convención por Ecuador recibida el 21 agosto 1967, con efecto 21 agosto 1968. (5) Ecuador reanuda su participación en la Comisión, con efecto 3 julio 1997. (6) Denuncia de la Convención por México recibida el 8 noviembre 1977, con efecto 8 noviembre 1978. (7) México reanuda su participación en la Comisión, con efecto 4 junio 1999.
La presente Convención que se aplicaba provisionalmente desde el 6 de junio de 2003, entró en vigor de forma general el 3 de marzo de de 1950 y para España el 27 de enero de 2005, de conformidad con lo establecido en su artículo V.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 17 de febrero de 2005.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores, Francisco Fernández Fábregas.
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