Para conocimiento general, se procede a la publicación de la Séptima Acta de corrección de errores del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, hecho en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 y publicado en los «Boletines Oficiales del Estado» n.º 286 de 27 de noviembre de 2009, n.º 41 de 16 de febrero de 2010 y n.º 133 de 1 de junio de 2010.
Madrid, 28 de julio de 2016.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, P.S. (Real Decreto 342/2012, de 10 de febrero), la Vicesecretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Celia Abenza Rojo.
Considerando que se han detectado errores en el texto original de todas las versiones, exceptuada la croata, del Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 y del que es depositario el Gobierno de la República Italiana;
Considerando que dichos errores han sido comunicados a los Estados signatarios del Tratado, mediante carta de 5 de febrero de 2016 de la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea a los Representantes Permanentes de los Estados miembros;
Considerando que los Estados signatarios no han formulado objeciones, dentro del plazo indicado en dicha carta, a las correcciones que en ella se proponen;
Se ha procedido en el día de hoy, en el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Italiana, a la corrección de los mencionados errores en el sentido indicado en el anexo.
En fe de lo cual ha sido redactada la presente Séptima Acta, de la cual se remitirá una copia a los Gobiernos de los Estados signatarios de dicho Tratado.
Hecho en Roma, el veinte de mayo de dos mil dieciséis.
Acta de corrección de errores del Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007
(CIG 14/07 y CIG 15/07 de 3 de diciembre de 2007) («Diario Oficial de la Unión Europea» C 306 de 17 de diciembre de 2007)
1) En la página 175, Protocolos, Parte B (Protocolos que deberán ir anejos al Tratado de Lisboa), Protocolo n.º 1 por el que se modifican los Protocolos anejos al Tratado de la Unión Europea, al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y/o al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, artículo 1, punto 12) (relativo al Protocolo sobre los Estatutos del Banco Europeo de Inversiones), letra h), añadir el inciso siguiente (CIG 14/07 de 3.12.2007, p. TL/P/es 46) (DO C 306 de 17.12.2007, p. 175):
«iii) en el apartado 4, las palabras “en el marco del Tratado y de los presentes Estatutos” se sustituyen por las palabras “en el marco de los Tratados y de los presentes Estatutos”.»
2) En la página 232, Acta Final, II. Protocolos, Parte A (CIG 15/07 de 3.12.2007, p. AF/TL/es 3) (DO C 306 de 17.12.2007, p. 232),
Donde dice:
«A. Protocolos anejos al Tratado de la Unión Europea, al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en su caso, al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica:»,
Debe decir:
«A. Protocolos que deberán ir anejos al Tratado de la Unión Europea, al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en su caso, al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica:».
3) En la página 233, Acta Final, II. Protocolos, Parte B (CIG 15/07 de 3.12.2007, p. AF/TL/es 4) (DO C 306 de 17.12.2007, p. 233),
Donde dice:
«B. Protocolos anejos al Tratado de Lisboa»,
Debe decir:
«B. Protocolos que deberán ir anejos al Tratado de Lisboa».
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