DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA,
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Se concede un crédito extraordinario por un importe de 8.472.346.961 pesetas al Presupuesto en vigor de la Sección 24, «Ministerio de Transportes y Comunicaciones»; servicio 10, «Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles»; capítulo 4, «Transferencias corrientes»; artículo 45, «A empresas»; concepto 452, «Para cubrir la diferencia entre el déficit de explotación de RENFE y el importe del suplemento de crédito aprobado por Ley treinta y cuatro/mil novecientos setenta y ocho, de diecisiete de julio».
La financiación del crédito extraordinario se realizará con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio de Marivent, Palma de Mallorca, a trece de septiembre de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUAREZ GONZALEZ
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