DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Se concede un crédito extraordinario de veinte mil millones de pesetas al Presupuesto de la Sección veinticinco, «Ministerio de Sanidad y Seguridad Social»; servicio cero cuatro, «Dirección General de Personal, Gestión y Financiación», capítulo cuarto, «Transferencias corrientes», artículo cuarenta y cuatro, «A la Seguridad Social», con el siguiente desglose por conceptos:
Catorce mil novecientos veinte coma ocho millones al concepto cuatrocientos cuarenta y siete, «Régimen General de la Seguridad Social. Instituto Nacional de Previsión. Aportación del Estado para la contingencia de desempleo mil novecientos setenta y nueve».
Cinco mil setenta y nueve coma dos millones de pesetas al concepto cuatrocientos cuarenta y ocho, «Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. Aportación del Estado para las contingencias de este régimen».
La financiación del crédito extraordinario se realizará con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio Real, de Madrid, a quince de noviembre de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUAREZ GONZALEZ
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