Ilmo. Sr.: Vistas las peticiones formuladas por diversos Profesores de las disciplinas de Estadística de las Facultades de Ciencias Económicas y Empresariales en solicitud de que se deje sin efecto la Orden ministerial de 23 de enero de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de marzo), sobre analogías de las asignaturas de «Estadística económica» y «Estadística empresarial» a efecto de nombramiento de Tribunales para juzgar los concursos-oposiciones a las plazas de Profesor adjunto de las citadas materias;
Considerando que la Comisión Permanente dé la Junta Nacional de Universidades, en sesión celebrada el día 24 de los corrientes, emitió dictamen en sentido favorable y aclaratorio.
Este Ministerio ha resuelto que se dé nueva redacción a la Orden ministerial de 3 de julio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de agosto) modificada por la Orden ministerial de 23 de enero de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de marzo), en el sentido de que a efectos de nombramiento de Tribunales que han de juzgar las plazas de Profesores Adjuntos de «Estadística empresarial» y «Estadística económica», de las Facultades de Ciencias Económicas y Empresariales, se declaren análogas las siguientes asignaturas:
«Estadística y Métodos estadísticos».
«Estadística teórica o Estadística actuarial».
«Econometría y métodos estadísticos».
Todas ellas de las Facultades de Ciencias Económicas y Empresariales.
Si con ellas no hubiera número suficiente de titulares para formar los Tribunales correspondientes, se declara también análoga la asignatura de «Estadístico matemática y Cálculo de probabilidades», de la Facultad de Ciencias.
Lo digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Dios guarde a V I
Madrid, 31 de mayo de 1979.–P. D., el Subsecretario, Manuel Cobo del Rosal.
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.
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