Ilmos. Sres.: En el marco de una política de fomento de las diversas manifestaciones de la cultura, que constituye competencia inexcusable del Departamento, resulta conveniente instituir un premio que, anualmente y a nivel nacional, permita distinguir a quienes descuellen por su aportación a la cinematografía española.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Cinematografía, he tenido a bien disponer:
Se crea el Premio Nacional de Cinematografía, que será otorgado anualmente por el Ministerio de Cultura y estará dotado con la cantidad de un millón de pesetas.
El premio Se concederá, sin previo concurso, a la persona o Entidad de nacionalidad española que haya realizado durante el año la labor que se juzgue más destacada y meritoria en relación con las actividades cinematográficas, en cualquiera de sus manifestaciones.
En el último trimestre de cada año, el Ministerio de Cultura designará, a propuesta del Director general de Cinematografía, una Comisión de siete miembros que elaborará la propuesta correspondiente para la concesión del premio.
El Ministerio de Cultura resolverá sobre la concesión del premio, que no podrá declararse desierto, antes del día 31 de diciembre de cada año.
La composición de la Comisión a que se refiere el articulo 3.° y el fallo sobre concesión del premio se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
El plazo para la concesión del Premio Nacional de Cinematografía correspondiente al año 1979 queda prorrogado hasta el día 1 de febrero del presente año.
Lo que comunico a W. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a W. II.
Madrid, 14 de enero de 1980.
CLAVERO AREVALO
Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Director general de Cinematografía.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid