Advertido error en el texto remitido para su publicación de la Orden de 18 de febrero de 1980, por la que se desarrolla el Real Decreto 107/1980, de 18 de enero, sobre cotización a la Seguridad Social durante 1980, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 49, de fecha 26 de febrero de 1980, en lo que se refiere a la tabla de bases mínimas de cotización en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, que figura en el artículo octavo, número 2, apartado b), «Trabajadores por cuenta propia», ya que por ser diaria dicha base su cuantía ha de coincidir con la de 750 pesetas día que para los Oficiales, Especialistas y Peones establece el artículo primero del Real Decreto 107/1980, de 16 de enero.
En consecuencia, procede efectuar la oportuna corrección, en los siguientes términos:
Donde dice: «b) Trabajadores por cuenta propia: Cualquiera que sea su actividad: 650», debe decir: «b) Trabajadores por cuenta propia: Cualquiera que sea su actividad: 750».
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