Advertida omisión en el anexo remitido acompañando a la Orden ministerial de 25 de marzo de 1980 ya citada, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 79, de fecha 1 de abril de 1980, se transcribe a continuación el texto íntegro de dicho anexo con la oportuna rectificación:
Página 7141, primera columna, debe decir:
1. Administración de Ensanche-Cerdá: abarca el área de las zonas recaudatorias 4, 5, 6 y 26 de Barcelona capital.
2. Administración de Badalona: abarca el área de la zona recaudatoria número 11 de Barcelona.
3. Administración de Cornellá de Llobregat: abarca el área de la zona recaudatoria número 24 de Barcelona.
4. Administración de San Feliú de Llobregat: abarca el área de la zona recaudatoria número 18 de Barcelona.
5. Administración de Tarrasa: abarca el área de la zona recaudatoria número 19 de Barcelona.
6. Administración de Chamartín-Salamanca: abarca el área de las zonas 5 y 4 de Madrid capital.
7. Administración de Arganzuela-Villaverde-Mediodía: abarca las zonas números 2, 12 y 13 de Madrid capital.
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