Ilustrísimo señor:
A la vista de las funciones asignadas al Centro de Estudios de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, se considera procedente que el cargo de Secretario de la Comisión Interministerial de Ordenación del Territorio, atribuido hasta ahora al Director general de Acción Territorial y Urbanismo, sea desempeñado en lo sucesivo por el Director general del indicado Centro.
En su virtud, este Ministerio, en uso de la autorización concedida por la disposición final del Real Decreto 2188/1979, de 3 de agosto, y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, ha dispuesto que la Secretaría de la Comisión Interministerial de Ordenación del Territorio sea ejercida en lo sucesivo por el Director general del Centro de Estudios de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, quien atenderá las tareas de secretariado con medios personales y materiales pertenecientes al indicado Centro ce Estudios, conservando el Director general de Acción Territorial y Urbanismo su calidad de miembro de la Comisión.
Lo que comunico a V. I.
Madrid, 23 de julio de 1980.
SANCHO ROF
Ilmo. Sr. Subsecretario de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Presidente de la Comisión Interministerial de Ordenación del Territorio.
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