Ilustrísimo señor:
Delegada, conforme al Real Decreto 312/1979, de 18 de enero, la facultad de modificar las tarifas y precios que perciben los Organismos estatales autónomos por la publicación del «Boletín Oficial del Estado», diarios oficiales y colecciones legislativas en los Ministros Jefes de los Departamentos a que dichos Organos estén adscritos, y cumplido por el Ministerio de Hacienda el trámite de informe en el expediente a tal fin,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
El precio de venta del ejemplar del diario «Boletín Oficial del Estado» se fija en 24 pesetas. El precio de la suscripción anual será de 7.200 pesetas, para el territorio nacional, y de 12.000 pesetas para el extranjero.
La tarifa de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado» se establece en 150 pesetas por milímetro de altura del ancho de una columna de 13 cíceros.
Los precios anteriores regirán a partir del 1 de enero de 1981.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de octubre de 1980.
ARIAS-SALGADO Y MONTALVO
Ilmo. Sr. Presidente del Consejo Rector del Boletín Oficial del Estado.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid