PUBLICADA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1984, SE HACE PRECISO DAR CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 77 DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA, EN EL QUE SE DISPONE QUE LA EXPEDICION DE LAS ORDENES DE PAGO CON CARGO AL PRESUPUESTO DEL ESTADO HABRA DE ACOMODARSE AL PLAN QUE SOBRE DISPOSICION DE FONDOS DEL TESORO PUBLICO SE ESTABLEZCA POR EL GOBIERNO A PROPUESTA DEL MINISTRO DE ECONOMIA Y HACIENDA
FORMULADA LA CITADA PROPUESTA POR ESTE MINISTERIO Y APROBADA EN CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA 4 DE ENERO DE 1984, SE ESTABLECE EL PLAN DE DISPOSICION DE FONDOS QUE SE INDICA A CONTINUACION, AL QUE HABRA DE ACOMODARSE LA EXPEDICION DE LAS CORRESPONDIENTES ORDENES DE PAGO QUE SE HARAN EFECTIVAS POR EL TESORO TENIENDO EN CUENTA LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 106 DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA:
1. DISPOSICIONES ORDINARIAS:
1. 1 SE DISPONDRA POR DOCEAVAS PARTES DE LOS CREDITOS COMPRENDIDOS EN EL CAPITULO PRIMERO DE LOS DISTINTOS PROGRAMAS DEL PRESUPUESTO DE GASTOS, ASI COMO DE LOS CAPITULOS CUARTO Y SEPTIMO DE LOS MISMOS, CUANDO EL IMPORTE DE LAS CONSIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE ESTOS ULTIMOS SEA IGUAL O EXCEDA DE SEISCIENTOS MILLONES DE PESETAS ANUALES
1.2 DE LOS CREDITOS PARA PAGO DE CUOTAS A ORGANISMOS INTERNACIONALES A LOS QUE DEBA CONTRIBUIR EL ESTADO ESPAÑOL Y OTROS PARA OBLIGACIONES CON VENCIMIENTO A FECHA FIJA Y PREDETERMINADA SE DISPONDRA EN LA CUANTIA QUE PROCEDA, MEDIANTE LA EXPEDICION, EN LA FECHA ADECUADA , DE LAS OPORTUNAS ORDENES DE PAGO
1.3 DE LOS RESTANTES CREDITOS DEL PRESUPUESTO SE DISPONDRA POR CUARTAS PARTES MEDIANTE LA EXPEDICION EN CADA TRIMESTRE DE LAS ORDENES CORRESPONDIENTES
2. DISPOSICIONES EXTRAORDINARIAS:
CUALQUIER DISPOSICION QUE REBASE LOS LIMITES EXPRESADOS EN LOS APARTADOS ANTERIORES PRECISARA DE LA APROBACION PREVIA DE ESTE MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, A CUYOS EFECTOS SE CURSARA LA OPORTUNA SOLICITUD POR LOS ORGANISMOS DEL ESTADO O MINISTERIOS INTERESADOS A LOS QUE ESTEN ADSCRITOS LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS , QUE SE ACOMPAÑARA CON INFORME DEL RESPECTIVO INTERVENTOR-DELEGADO
MADRID, 5 DE ENERO DE 1984.-BOYER SALVADOR
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