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Documento BOE-A-1984-16812

Orden de 25 de abril de 1984 por la que se aprueba la normativa para la obtención del Grado de Licenciado por la Facultad de Medicina, de la Universidad de Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 1984, páginas 21741 a 21742 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1984-16812
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/04/25/(3)

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta elevada por el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en solicitud de aprobación de la normativa para la obtención del Grado de Licenciado por la Facultad de Medicina, dependiente de la referida Universidad;

Considerando que dicha propuesta ha sido aprobada por la Junta de Gobierno de la Universidad, y favorablemente informada por la Junta Nacional de Universidades,

Este Ministerio ha dispuesto aprobar la normativa para la obtención del Grado de Licenciado por la Facultad de Medicina de la Universidad de Valladolid, que figura en el anexo de la presente Orden.

Madrid, 25 de abril de 1984.-P. D. (Orden de 27 de marzo de 1982), el Director general de Enseñanza Universitaria, Emilio Lamo de Espinosa.

ANEXO QUE SE CITA

Normativa para la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Medicina de la Universidad de Valladolid

Normativa que regulará la colación del Grado de Licenciado por la Facultad de Medicina de la Universidad de Valladolid:

1. La obtención del Grado de Licenciado en Medicina y Cirugía tendrá carácter obligatorio para concurrir a los premios extraordinarios de la Licenciatura, para matricularse en los cursos monográficos del Doctorado y para el desempeño de todo cargo docente.

1.1 Podrán aspirar a la obtención del Grado de Licenciado en Medicina y Cirugía por la Facultad de Medicina de la Universidad de Valladolid los alumnos que hayan cursado los estudios de la Licenciatura en la misma o en otras Facultades de Medicina, previo traslado de expediente y convalidación de estudios de acuerdo con la normativa vigente.

1.2 Los alumnos que deseen obtener el Grado de Licenciado en Medicina y Cirugía podrán optar por una de estas dos modalidades:

a) Realización del examen de Licenciatura.

b) Elaboración de una Memoria.

En ambos casos los aspirantes deberán someterse a lo establecido en el presente Reglamento y no podrán, una vez decidida una opción, cambiar a la otra en el plazo de un mismo curso.

1.3 El número de convocatorias para la modalidad de examen de Licenciatura será de dos por curso académico.

Las fechas para la realización de dicho examen serán anunciadas con la antelación necesaria, teniendo lugar una vez finalizados los exámenes correspondientes a las convocatorias de junio y septiembre del último curso de los estudios de la Licenciatura.

SISTEMA DE EXAMEN

1. Matrícula.-Será requisito indispensable para la presentación a este examen que el alumno haya superado todas las asignaturas de la Licenciatura. Cada año tendrán lugar dos convocatorias, cuya matrícula se formalizará en los meses de junio y septiembre en las fechas que fije la Facultad.

2. El Tribunal o Tribunales que evaluarán las pruebas serán designados oportunamente por el ilustrísimo señor Decano, oída la Junta le Facultad y aprobados por el Rectorado, y estarán compuestos cada uno de ellos por tres Profesores numerarios de la Facultad, siendo Presidente un Catedrático numerario y Secretario el de menor categoría.

3. Sistemática de la prueba.-La prueba constará de dos ejercicios consecutivos no pudiendo el aspirante someterse al segundo sin haber aprobado el primero.

3. a) Primer ejercicio.-Consistirá en la realización de un examen de tipo objetivo por test. que abarcará todas las materias contenidas en el currículum de la Licenciatura. El temario se hará público en el primer trimestre del curso académico.

3. b) Segundo ejercicio.-Este ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto clínico, que propondrá el Tribunal, durante un tiempo máximo de 60 minutos.

4. Calificación.-Los alumnos que realicen este examen podrán obtener las calificaciones de sobresaliente honor, sobresaliente, notable, aprobado o no apto.

Para la calificación del Grado de Licenciado será tenida en cuenta la nota media de los estudios de la Licenciatura La calificación final del Grado de Licenciado vendrá determinada en la misma proporción por la obtenida en el examen y la media del expediente académico Primer ejercicio: 25 por 100, segundo ejercicio, 25 por 100, y expediente académico, 50 por ciento. La calificación final favorable será permanente.

Las presentes normas no serán de aplicación a los exámenes de reválida por convalidación de estudios en el extranjero.

Para estos alumnos, el ilustrísimo señor Decano de la Facultad nombrará un Tribunal especial que someterá a los aspirantes a las pruebas que estime pertinentes y conducentes a valorar el grado de preparación de los interesados. Al final de las pruebas serán calificados con no apto, aprobado, notable o sobresaliente.

SISTEMA DE TESINA

1. Solicitud.-Los alumnos que deseen obtener el Grado de Licenciado por esta modalidad deberán solicitarlo por instancia al ilustrísimo señor Decano, siempre que cumplan uno de los dos siguientes requisitos:

a) Tener aprobadas todas las asignaturas del 5. año de los estudios de la Licenciatura y estar matriculados del 6. año de los citados estudios. Estos alumnos deberán presentar la solicitud correspondiente al inicio del curso académico.

b) Tener aprobadas todas las asignaturas que integran la Licenciatura en Medicina y Cirugía.

El alumno podrá presentar dicha solicitud, que será dirigida al ilustrísimo señor Decano, a lo largo del período lectivo del curso académico. Transcurridos al menos nueve meses, podrán realizar la matrícula correspondiente.

En la solicitud se hará constar:

Datos personales del interesado.

Tema de trabajo con el lugar de realización del mismo.

Nombre del Director del Trabajo, el cual deberá dar su visto bueno a dicha solicitud, y resumen del proyecto. En el caso de que el Director no sea el Jefe del Departamento, será necesario también el visto bueno del mismo.

Una vez hecha la solicitud, los alumnos no podrán alterar el tema del trabajo ni cambiar de Director del mismo sin previa comunicación al ilustrísimo señor Decano. En este caso, deberán atenerse de nuevo a lo establecido, respecto plazos, etc.

2. Comisión.-En cada período lectivo se nombrará una Comisión de Tesinas designada por la Junta de Facultad, que aceptará o podrá rechazar los temas presentados para este trabajo. Si en el plazo de veinte días no se hubiera manifestado en contra, se entendería aceptado el tema y proyecto propuestos.

3. Director.-El Director de la tesina deberá hallarse en posesión del título de Doctor. En el caso de que la dirección recayese sobre un Doctor que no fuera profesor de la Facultad, seria nombrado por el ilustrísimo señor Decano un ponente de entre los Profesores numerarios a propuesta del Director correspondiente.

4. Matricula.-La formalización de la matrícula no podrá realizarse antes de transcurridos nueve meses después de presentada la inscripción provisional.

Para dicha formalización se requiere:

a) Tener aprobadas todas las asignaturas correspondientes a los estudios de la Licenciatura.

b) Entrega de cuatro ejemplares del trabajo en la Secretaría del Centro.

c) Abono de los derechos correspondientes.

En cada uno de los ejemplares se hará constar el título del trabajo, el lugar de realización del mismo, el informe favorable del Director de la tesina y el visto bueno del Jefe del Departamento donde se desarrolle el trabajo o del Ponente, en su caso. Tres ejemplares serán enviados a los miembros del Tribunal, al menos con quince días de antelación a la convocatoria del examen. El cuarto ejemplar será archivado en la Biblioteca de la Facultad, una vez defendida la tesina, haciéndose constar en él la fecha de defensa del trabajo, el nombre y la firma de los miembros del Tribunal y la calificación.

5. Tribunal.-Una vez realizada la matrícula, se procederá al nombramiento del Tribunal. Será designado por el ilustrísimo señor Decano, oída la Junta de Facultad y aprobado por el Rectorado, el cual estará compuesto por el Director de la tesina y dos Doctores de la Universidad de Valladolid, siendo el Presidente un Catedrático de la Facultad.

Los miembros que componen el Tribunal deberán pertenecer a distintos Departamentos, siendo deseable que estén integrados en disciplinas afines al tema de la tesina a juzgar.

6. Defensa de la tesina.-La defensa se realizará previa convocatoria expresa por el Presidente del Tribunal, anunciada en los tablones de la Facultad al menos con cuarenta y ocho horas de antelación.

El aspirante hará exposición pública de su trabajo en forma oral en un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos. Tras la exposición, el Tribunal podrá formular las objeciones, aclaraciones u observaciones que crean oportunas.

7. Calificación.-Después de la presentación, el Tribunal deliberará en sesión secreta y calificará la tesina de la forma siguiente: Sobresaliente honor, sobresaliente, notable, aprobado o no apto. La calificación final del Grado de Licenciado vendrá determinada por la obtenida en la tesina y por la del expediente académico correspondiente a los estudios de la Licenciatura en la proporción de 50 por 100 currículum del alumno, y 50 por 100, de la calificación de la tesina. En caso de ser calificado el trabajo con no apto, el alumno podrá defenderle de nuevo después de tres meses.

PREMIOS EXTRAORDINARIOS

1. Podrán adjudicarse dos premios extraordinarios por curso académico. En ningún caso podrán acumularse los premios desiertos o vacantes.

El anuncio para concurrir a ellos será hecho público una vez finalizados los exámenes de Grado de la convocatoria de septiembre de cada curso académico.

Para optar a estos premios será necesario haber obtenido la calificación de sobresaliente en el examen del Grado de Licenciado.

Los aspirantes al premio desarrollaran por escrito un tema designado por el Tribunal, en un tiempo máximo de cuatro horas, dando más tarde lectura pública del mismo. Durante el desarrollo del tema podrán consultar textos.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/04/1984
  • Fecha de publicación: 24/07/1984
Materias
  • Medicina
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidad de Valladolid

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