En nuestra Orden de 16 de septiembre de 1983 se reglamentó una línea de ayudas para el fomento de determinadas actividades agroindustriales, con el fin de completar dicha normativa y de acuerdo con el espíritu de la misma y al objeto de contribuir a incentivar los incrementos de calidad en los productos a través de los procesos industriales y para facilitar la consecución de los objetivos que se pretenden alcanzar por aplicación de las reglamentaciones técnico-sanitarias que el Gobierno ha venido dictando en desarrollo del Código Alimentario Español,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Primero.-El conjunto de actividades que pueden acogerse a las ayudas previstas en la Orden de este Departamento de 16 de septiembre de 1983, la cual reglamentó una línea de ayudas a determinadas actividades agroindustriales, y que se relacionan en el apartado primero de dicha Orden, queda ampliado para las mejoras que se proyecten para adaptar los establecimientos industriales a las correspondientes reglamentaciones técnico-sanitarias que les afecten.
Segundo.-La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 26 de abril de 1984.-ROMERO HERRERA.
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