EN EL NUMERO SEGUNDO, DE LA ORDEN MINISTERIAL DE 5 DE DICIEMBRE DE 1973, SE DISPONE QUE LOS CONTRATOS DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA EXTRANJERA, CUYO EXAMENCORRESPONDA A ESTE DEPARTAMENTO POR SER COMPETENTE EN RAZON DE LA MATERIA, SERANOBJETO DE INFORME-PROPUESTA DE LA DIRECCION GENERAL SECTORIAL CORRESPONDIENTE.
LA EXIGENCIA DE ESTE TRAMITE CON CARACTER GENERAL, SIN ATENDER AL CONTENIDO CUALITATIVO Y CUANTITATIVO DEL CONTRATO, PUEDE DETERMINAR UNA EXTENSION INADECUADA DE LA INSTRUCCION DE ALGUNOS EXPEDIENTES, Y, CORRELATIVAMENTE, MENOSCABA LAS POSIBILIDADES DE UNA EVALUACION MAS IDONEA, DE AQUELLOS CONTRATOS QUE, POR SU TRASCENDENCIA TECNOLOGICA ECONOMICA, REQUIERAN UN ESTUDIO MAS DETENIDO. ESTA SITUACION HA DE TENERSE ESPECIALMENTE EN CUENTA, EN UN MOMENTO ENQUE EL REGISTRO DE CONTRATOS DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA SE ORIENTA A SER UN INSTRUMENTO DE APOYO EFECTIVO DE LA POLITICA TECNOLOGICA, Y NO UN OBSTACULO A LAENTRADA DE TECNOLOGIA EXTRANJERA, CUYO ANALISIS SELECTIVO DEBE INCREMENTARSE.
EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:
SE MODIFICA EL APARTADO D), DEL NUMERO 2., DEL PUNTO 2.2, DE LA ORDEN DE 5 DE DICIEMBRE DE 1973, POR LA QUE SE REGULA LA INSCRIPCION DE CONTRATOS DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA EXTRANJERA, EN EL REGISTRO CREADO POR EL DECRETO 2343/1973, DE 21 DE SEPTIEMBRE, QUEDANDO REDACTADO EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:
" D) CONTRATOS NO INCLUIDOS EN LOS ANTERIORES APARTADOS Y CUYO EXAMEN CORRESPONDA AL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA POR SER COMPETENTE EN RAZON DE LA MATERIA. LA DIRECCION GENERAL SECTORIAL CORRESPONDIENTE, LOS INFORMARA HACIENDO MENCION, EN SU CASO, DE LA IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DE LA CLAUSULAS RESTRICTIVAS CONTENIDAS, SI LAS HUBIERE, ASI COMO SOBRE LA ESPECIAL INCIDENCIA DE LOS COSTES CORRESPONDIENTES A LA VISTA DE LA POLITICA INDUSTRIAL DEL SECTOR HACIA EL QUE SE ORIENTE LA TRANSFERENCIA; Y PROPONDRA EL TIPO DE INSCRIPCION O, INCLUSO, LA NO INSCRIPCION. CUANDO SE TRATE DE CONTRATOS DE MENOR ENTIDAD ECONOMICA Y CARENTES DE EFECTOS RESTRICTIVOS, PODRAN OMITIRSE EL INFORME Y LA PROPUESTA DE LA DIRECCION GENERAL SECTORIAL, PERO SE DARA TRASLADO A ESTA DE LOSEXPEDIENTES COMPLETOS DE LOS CONTRATOS QUE SE INSCRIBAN EN LAS EXPRESADAS CIRCUNSTANCIAS.".
MADRID, 22 DE FEBRERO DE 1985.-SOLCHAGA CATALAN.
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