Ilmo. Sr.: la Orden de Hacienda de 8 de noviembre de 1985, habilitó la Delegación Aduanera en la Base Aérea de San Javier (Murcia), para el despacho de exportación de flores frescas.
La expresada habilitación se autorizó a petición de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que, en la actualidad, solicita la ampliación de la habilitación para la exportación de productos hortofrutícolas frescos, especias y conservas alimenticias.
El Administrador principal de Aduanas de Murcia expresa en su informe favorable la conveniencia de extender además la habilitación de pequeños envíos de muestras minerales e hidrocarburos y pieza de repuestos para buques.
Vistos los informes del Estado Mayor del Aire, de la Dirección General del Organismo Autónomo Aeropuertos Nacionales, del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, emitidos en relación con la Orden al principio citada, el del Administrador principal de Aduanas e Impuestos Especiales de Murcia a que se hace referencia en el párrafo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de las vigentes Ordenanzas de Aduanas y Decreto 3753/1964, de 12 de noviembre, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Primero.- Se amplia la habilitación de la Delegación de Aduanas en el Aeropuerto de la Base Aérea de San Javier (Murcia) a los despachos de exportación de productos hortofrutícolas frescos, especias, conservas alimenticias y pequeños envíos de muestras de minerales e hidrocarburos y de piezas de repuesto para buques.
Segundo.- Se autoriza a la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales para dictar las normas de desarrollo de la presente Orden que se estimen precisas.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 7 de marzo de 1986.- P. D., el Secretario de Estado de Hacienda, José Borrell Fontelles.
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas e Impuestos Especiales.
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