EXCMOS E ILMOS. SRES.: AL AMPARO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, Y CON EL FIN DE LOGRAR UNA MAYOR AGILIDAD, EFICACIA Y COORDINACION EN LA GESTION DE LOS SERVICIOS A CARGO DE ESTE MINISTERIO, SE ESTIMA CONVENIENTE DELEGAR EN EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DETERMINADAS FACULTADES Y COMPETENCIAS, EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. SE DELEGA EN EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y HACIENDA LA APROBACION DEL PROGRAMA EDITORIAL DEL DEPARTAMENTO.
SEGUNDO. EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DELEGADAS EN VIRTUD DE ESTA ORDEN SE AJUSTARA A LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 22, 23 Y 26.3 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO DE 26 DE JULIO DE 1957, Y ARTICULOS 93.4 Y 118 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE 17 DE JULIO DE 1958.
LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DE VV. EE. Y VV. II. A LOS EFECTOS OPORTUNOS.
MADRID, 8 DE ABRIL DE 1986.
SOLCHAGA CATALAN EXCMOS. SRES. SECRETARIOS DE ESTADO E ILMOS. SRES. SUBSECRETARIOS.
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