ILUSTRISIMOS SEÑORES:
LA ORDEN DE 30 DE ENERO DE 1986 POR LA QUE, EN CUMPLIMIENTO DE LA DISPOSICION FINAL PRIMERA DEL REAL DECRETO 334/1985, DE 6 DE MARZO, DE ORDENACION DE LA EDUCACION ESPECIAL, SE ESTABLECEN LAS PROPOSICIONES DE PERSONAL ALUMNOS EN ESTA MODALIDAD EDUCATIVA, ESTABLECIA EN SU NUMERO QUINTO LA POSIBILIDAD DE QUE DICHAS PROPORCIONES FUERAN REVISADAS Y, EN SU CASO, CORREGIDAS AL FINALIZAR EL CURSO 1985/1986. A LA LEY DE LA EXPERIENCIA ADQUIRIDA DURANTE LOS MESES EN QUE DICHA ORDEN LLEVA VIGENTE SE HA CONSIDERADO CONVENIENTE COMPLETAR LOS PROFESIONALES CON FUNCIONES DE APOYO POR TRATAMIENTOS CORRECTORES, REHABILITADORES Y DE ATENCION PERSONAL Y PARA CUIDADOS PERSONALES.
EN SU VIRTUD ESTE MINISTERIO DISPONE:
PRIMERO. MODIFICAR EL APARTADO 4.1 DEL NUMERO PRIMERO, QUEDANDO ESTABLECIDO DE LA SIGUIENTE MANERA: A) PSICOLOGOS:
AUTISTAS O PROBLEMAS GRAVES DE PERSONALIDAD: 1 20 ALUMNOS.
B) PEDAGOGOS O PSICOLOGOS: DISMINUIDOS PSIQUICOS, MOTORICOS O SENSORIALES:
UNO EN CADA CENTRO DE EDUCACION ESPECIAL CUANDO HAYA AL MENOS 100 ALUMNOS ESCOLARIZADOS EN EL MISMO.
LOS APARTADOS B, AY D PASAN A SER RESPECTIVAMENTE EL C, D Y E, SIN MODIFICARSE EL CONTENIDO DE LOS MISMOS.
SEGUNDO. LAPRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LO QUE COMUNICO A VV. II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 14 DE MAYO DE 1986.
MARAVALL HERRERO ILMOS SRES. SUBSECRETARIO Y SECRETARIO GENERAL DE EDUCACION.
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