Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 185, de 4 de agosto de 1986, páginas 27525 a 27531, se rectifican como sigue:
En el artículo 3.1, donde dice: «de disponibilidad para el servicio de filas», debe decir: «de disponibilidad para el servicio en filas».
En el artículo 3.3.a), donde dice: «Personal al servicio obligatorio», debe decir: «Personal del servicio obligatorio».
Por haber sido publicado en la página 27530 en tamaño reducido al anexo II, que según el artículo 2.° deben remitir los Ayuntamientos y oficinas consulares de carrera a los respectivos Centros de Reclutamiento, se reproduce a continuación dicho anexo en su tamaño correspondiente.
Madrid, 11 de agosto de 1986.
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