PROXIMO A CELEBRARSE LA III EXPOSICION NACIONAL DE NUMISMATICA, Y SIGUIENDO UNA LARGA TRADICION DE LAS ACUÑACIONES DE LA FABRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE, Y CONSIDERANDO QUE DICHAS ACUÑACIONES SERVIRAN DE RECORDATORIO DE ESTA ULTIMA EXPOSICION SEÑALANDO LA IMPORTANCIA DE LA MISMA, DE CONFORMIDAD CON LA MODIFICACION INTRODUCIDA POR LA LEY 21/1986, DE 23 DE DICIEMBRE, DISPOSICION ADICIONAL DECIMOCUARTA; EN EL ARTICULO 4. DE LA LEY 10/1975, DE 12 DE MARZO, ESTE MINISTERIO, A PROPUESTA DE LA DIRECCION GENERAL DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERA, HA TENIDO A BIEN DISPONER:
ARTICULO UNICO. SE PROCEDE A LA ACUÑACION DE 60.000 SERIES DE CADA UNA DE LAS MONEDAS DE CURSO LEGAL DE VALOR FACIAL 200 Y 1 PESETAS, EN CONMEMORACION DE LA III EXPOSICION NACIONAL NUMISMATICA, AÑADIENDOSE EN EL CAMPO DEL REVERSO UNA MARCA DE RELIEVE CON LA INSCRIPCION <E-87>, DEL TAMAÑO DE LA MARCA DE LA CECA.
DISPOSICION FINAL
LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 7 DE MAYO DE 1987.
SOLCHAGA CATALAN
ILMOS. SRES. DIRECTOR GENERAL DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERA Y DIRECTOR DE LA FABRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE.
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