ILUSTRISIMOS SEÑORES:
LA EXPERIENCIA RECOGIDA A PARTIR DE LA CREACION DEL CONSEJO DE LA MUSICA POR ORDEN DE 1 DE MARZO DE 1983 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 11) ACONSEJA EFECTUAR ALGUNAS MODIFICACIONES EN EL TEXTO DE DICHA DISPOSICION.
DE UNA PARTE, SE CONSIDERA CONVENIENTE AGILIZAR LA RENOVACION DE LOS VOCALES, SUPRIMIENDO TODA MENCION A LA DURACION DE SUS CARGOS, A FIN DE QUE, MEDIANTE LA LIBRE REVOCACION DE LOS MISMOS, EL CITADO CONSEJO PUEDA ESTAR INTEGRADO EN CADA MOMENTO POR LAS PERSONAS MAS IDONEAS PARA CONOCER DE LAS DIVERSAS MATERIAS MUSICALES A TRATAR.
POR OTRA PARTE SE ADECUA LA COMPOSION DEL CONSEJO A LA NOMENCLATURA ESTABLECIDA EN EL REAL DECRETO 565/1985, DE 24 DE ABRIL (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 30 ) DE ESTRUCTURA BASICA DEL MINISTERIO DE CULTURA Y DE SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, EN SU VIRTUD, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. LA ORDEN DE 1 DE MARZO DE 1983 POR LA QUE SE CREA EL CONSEJO DE LA MUSICA QUEDA MODIFICADA EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:
A) SE DEROGA EL ARTICULO 4.
B) DONDE DICE: <DIRECCION GENERAL DE MUSICA Y TEATRO>, DEBE DECIR:
<INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCENICAS Y DE LA MUSICA (INAEM)>.
C) DONDE DICE: <DIRECTOR DE MUSICA Y TEATRO>, DEBE DECIR: <DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCENICAS Y DE LA MUSICA (INAEM)>.
D) DONDE DICE: <JEFE DEL GABINETE TECNICO DE LA DIRECCION GENERAL DE MUSICA Y TEATRO>, DEBE DECIR: <SUBDIRECTOR GENERAL JEFE DEL DEPARTAMENTO MUSICAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCENICAS Y DE LA MUSICA (INAEM)>.
SEGUNDO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LO QUE COMUNICO A VV. II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 26 DE MAYO DE 1987.
SOLANA MADARIAGA
ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCENICAS Y DE LA MUSICA.
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