EL REAL DECRETO 1073/1987, DE 28 DE AGOSTO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 5 DE SEPTIEMBRE), POR EL QUE SE MODIFICA LA REGLAMENTACION GENERAL DE LOS CONSERVATORIOS DE MUSICA, PERMITE A LOS ALUMNOS QUE ESTEN MATRICULADOS EN EL ULTIMO CURSO DE INSTRUMENTO DE GRADO ELEMENTAL MATRICULARSE, SIMULTANEAMENTE, EN QUINTO CURSO DE SOLFEO Y TEORIA DE LA MUSICA, POR LO QUE RESULTA NECESARIO CONCEDER A TODOS LOS CONSERVATORIOS DE MUSICA DE GRADO ELEMENTAL AUTORIZACION PARA QUE IMPARTAN EL QUINTO CURSO DE SOLFEO Y TEORIA DE LA MUSICA.
EN SU VIRTUD, DE ACUERDO CON LAS FACULTADES CONCEDIDAS POR EL ARTICULO 6. DEL DECRETO DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 1966 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 24 DE OCTUBRE), ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:
ARTICULO PRIMERO. SE AUTORIZA A LOS CONSERVATORIOS DE MUSICA ESTATALES, NO ESTATALES Y NO OFICIALES DE GRADO ELEMENTAL PARA IMPARTIR QUINTO CURSO DE SOLFEO Y TEORIA DE LA MUSICA.
ARTICULO SEGUNDO. PARA EL CURSO ACADEMICO 1987-88 LOS CITADOS CENTROS DOCENTES FORMALIZARAN LAS MATRICULAS EN QUINTO CURSO DE SOLFEO Y TEORIA DE LA MUSICA, DENTRO DE LOS VEINTE DIAS SIGUIENTES A LA PUBLICACION DE LA PRESENTE ORDEN EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 21 DE SEPTIEMBRE DE 1987. P. D. (ORDEN DE 23 DE JULIO DE 1985), EL SECRETARIO GENERAL, ALFREDO PEREZ RUBALCABA.
ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL DE EDUCACION.
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