De orden del excelentísimo señor Ministro se publica, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada con fecha 2 de noviembre de 1987 por la Sala Quinta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 283/1987, promovido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, contra la Orden de este Ministerio de 4 de febrero de 1985, sobre regulación del sistema de promoción a los puestos de Jefe de Servicio y de Sección de los Servicios Jerarquizados de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso contencioso- administrativo, interpuesto por la representación procesal del Ilustre Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos; debemos anular anulamos los puntos 2.3 y 2.4 del apartado 2 del artículo 5.º de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 5 de febrero de 1985, que regula el sistema de promoción a los puestos de Jefe de Servicio y de Sección de los Servicios Jerarquizados de la Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social; desestimando en todo lo demás el recurso, con la consiguiente parcial subsistencia de la Orden recurrida, en todos los demás extremos de su articulado, que no se invalidan. Sin que haya lugar a condena en las costas procesales causadas."
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 9 de marzo de 1988.- P. D., el Director general de Servicios Miguel Marañón Barrio.
Ilmos. Sres. Secretario general de Asistencia Sanitaria y Director general de Recursos Humanos, Suministros e Instalaciones.
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