ILMOS.
SRES.: EL REAL DECRETO 525/1988, DE 27 DE MAYO, POR EL QUE EL <CENTRO DE ARTE REINA SOFIA> SE CONFIGURA COMO MUSEO NACIONAL, CREA POR SU ARTICULO 4.
2 UN CONSEJO ASESOR CON LA MISION DE ASISTIR A LOS ORGANOS RECTORES DE DICHO CENTRO EN LA PROGRAMACION DE LAS ACTIVIDADES DEL MUSEO.
EN SU VIRTUD, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICION FINAL DOS DEL REAL DECRETO 535/1988, DE 27 DE MAYO, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. COMPOSICION:
EL CONSEJO ASESOR DEL <CENTRO DE ARTE REINA SOFIA> QUEDA INTEGRADO POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:
PRESIDENTE: DIRECTOR DEL MUSEO.
VOCALES NATOS:
EL SUBDIRECTOR DEL MUSEO.
LOS JEFES DE LOS DEPARTAMENTOS SECTORIALES, DE RESTAURACION Y DOCUMENTACION Y DIFUSION DEL MUSEO.
VOCALES POR DESIGNACION:
DOS NOMBRADOS A PROPUESTA DEL REAL PATRONATO DEL <CENTRO DE ARTE REINA SOFIA>, DE ENTRE SUS MIEMBROS.
HASTA SEIS NOMBRADOS POR EL MINISTRO DE CULTURA ENTRE PERSONAS DE RECONOCIDA COMPETENCIA EN EL AMBITO DE LOS MUSEOS.
ESTOS VOCALES DESEMPEÑARAN SUS CARGOS POR UN PERIODO DE TRES AÑOS. LOS VOCALES NOMBRADOS A PROPUESTA DEL REAL PATRONATO CESARAN CUANDO PIERDAN LA CONDICION DE MIEMBROS DEL MISMO.
SECRETARIO: ACTUARA COMO SECRETARIO, CON VOZ PERO SIN VOTO, UN FUNCIONARIO DEL MUSEO NOMBRADO POR EL DIRECTOR.
SEGUNDO. COMPETENCIA: EL CONSEJO TENDRA LA FUNCION DE INFORMAR, ESTUDIAR Y, EN GENERAL, PRESTAR LA ASISTENCIA QUE LE SEA REQUERIDA POR LOS ORGANOS RECTORES DEL MUSEO EN RELACION CON LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES DEL <CENTRO DE ARTE REINA SOFIA>.
TERCERO. FUNCIONAMIENTO: 1. EL CONSEJO ASESOR SE REUNIRA, COMO MINIMO, UNA VEZ CADA CUATRO MESES Y SIEMPRE QUE LO ESTIME NECESARIO SU PRESIDENTE O SE SOLICITE POR EL REAL PATRONATO DEL <CENTRO DE ARTE REINA SOFIA>.
2. EL CONSEJO ASESOR PODRA CREAR EN SU SENO LOS GRUPOS DE TRABAJO QUE CONSIDERE NECESARIOS PARA EL MEJOR DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES.
3. SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO EN LOS APARTADOS ANTERIORES, EL CONSEJO SE AJUSTARA EN SU FUNCIONAMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL CAPITULO II DEL TITULO I DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
CUARTO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LO QUE COMUNICO A VV.
II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 29 DE JUNIO DE 1988.
SOLANA MADARIAGA
ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO Y DIRECTOR GENERAL DE BELLAS ARTES Y ARCHIVOS.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid