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Documento BOE-A-1988-24833

Orden de 4 de octubre de 1988 por la que se habilita la Delegación de la Aduana de Avilés en el aeropuerto de Asturias para el despacho de mercancías de importación y exportación.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 1988, páginas 30837 a 30838 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1988-24833
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/10/04/(1)

TEXTO ORIGINAL

POR ORDEN DE 31 DE OCTUBRE DE 1980 QUEDO ESTABLECIDA DEFINITIVAMENTE LA DELEGACION DE LA ADUANA DE AVILES EN EL AEROPUERTO DE ASTURIAS, CON HABILITACION EXCLUSIVA PARA EL DESPACHO DE VIAJEROS, SUS EFECTOS Y EQUIPAJES.

EN DIVERSAS OCASIONES, ORGANISMOS OFICIALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS HAN SOLICITADO LA HABILITACION DEL AEROPUERTO MENCIONADO PARA REALIZAR DESPACHOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION.

VISTO EL ARTICULO 13 DE LAS ORDENANZAS DE ADUANAS ASI COMO LOS INFORMES DE LOS SERVICIOS COMPETENTES.

EN SU VIRTUD, HE TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO. QUEDA HABILITADA LA DELEGACION DE LA ADUANA DE AVILES EN EL AEROPUERTO DE ASTURIAS PARA EL DESPACHO DE MERCANCIAS DE IMPORTACION Y EXPORTACION, CON EXCEPCION DE AQUELLAS ENUMERADAS EN LA ORDEN DE 12 DE MARZO DE 1979.

SEGUNDO. LA DOCUMENTACION DE IMPORTACION Y EXPORTACION SE REGISTRARA Y TRAMITARA EN LA PROPIA DELEGACION DEL AEROPUERTO QUE SE HABILITE, QUEDANDO FACULTADA LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES PARA DISPONER LO NECESARIO A TAL FIN.

MADRID, 4 DE OCTUBRE DE 1988.

SOLCHAGA CATALAN

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/10/1988
  • Fecha de publicación: 26/10/1988
Referencias anteriores
  • AMPLÍA, con la Excepción indicada, la Habilitación establecida en la Orden de 31 de octubre de 1980 (Ref. BOE-A-1980-25508).
  • CITA Orden de 12 de marzo de 1979 (Ref. BOE-A-1979-12261).
Materias
  • Aduanas
  • Aeropuertos y aeródromos

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