Padecidos errores en la inserción de la Orden de 16 de febrero de 1989 («Boletín Oficial del Estado» de 23 de febrero), por la que se aprueba la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Aceituna de Almazara en el Seguro Agrario Combinado, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 5287, apartado 1.º del anexo, Marco Legal, donde dice: «...("Boletín Oficial del Estado" número 182, del 31)», debe decir: «...("Boletín Oficial del Estado" número 182, de 31 de julio)».
En la misma página 5287, apartado 5.14), donde dice: «d) Las muestras mínimas a tomar son:
Número de unidades muestrales | Marco Posición | Número de unidades muestrales mínimas |
---|---|---|
1 Ud/50 olivos, 500 olivos. | Regular | 3 Ud/parcela |
1 Ud/100 olivos, exc. 500 olivos. | - | -» |
debe decir.
«Número de unidades muestrales | Marco Posición | Número de unidades muestrales mínimas |
---|---|---|
1 Ud/50 olivos, 500 olivos. | Regular | 3 Ud/parcela» |
1 Ud/100 olivos, exc. 500 olivos. |
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