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Documento BOE-A-1990-3356

Orden de 29 de diciembre de 1989 por la que se modifica la de 7 de marzo de 1988 sobre tramitación de expedientes de construcción de buques pesqueros de 6 o más metros y menores de 9 metros de eslora entre perpendiculares, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 535/1987, de 10 de abril.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 1990, páginas 3987 a 3987 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1990-3356
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1989/12/29/(4)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMOS SEÑORES:

EL REAL DECRETO 535/1987, DE 10 DE ABRIL, FACULTA, EN SU DISPOSICION FINAL, AL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION PARA DICTAR, EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, LAS NORMAS NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO Y DESARROLLO DEL MISMO.

DE ACUERDO CON DICHA AUTORIZACION, EN LA PRESENTE ORDEN SE ESTABLECE LA FECHA LIMITE DEL PLAZO DE PRESENTACION DE EXPEDIENTES DE CONSTRUCCION DE BUQUES PESQUEROS DE 6 O MAS METROS Y MENORES DE 9 METROS DE ESLORA ENTRE PERPENDICULARES Y EN ORDEN A LA SOLICITUD DE LAS AYUDAS NACIONALES PREVISTAS EN EL CITADO REAL DECRETO.

EN SU VIRTUD, DISPONGO:

ARTICULO 1. EN LO QUE SE REFIERE AL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACION DE LOS EXPEDIENTES, SE MANTIENE EN VIGOR A TODOS LOS EFECTOS LA ORDEN DE 7 DE MARZO DE 1988, EXCEPTO EN LO RELATIVO AL PLAZO DE PRESENTACION, QUE SE DETERMINA EN EL ARTICULO SIGUIENTE.

ART. 2. LA DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA DE LA ORDEN DE 7 DE MARZO DE 1988 QUEDA MODIFICADA EN EL SENTIDO SIGUIENTE: <DURANTE EL A1990, EL PLAZO DE PRESENTACION DE LAS SOLICITUDES DE LAS AYUDAS A QUE SE REFIERE ESTA ORDEN FINALIZARA A LAS CATORCE HORAS DEL DIA 31 DE OCTUBRE>.

DISPOSICION FINAL

LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A VV. II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 29 DE DICIEMBRE DE 1989.

ROMERO HERRERA

ILMOS. SRES.

SECRETARIO GENERAL DE PESCA MARITIMA, DIRECTOR GENERAL DE ORDENACION PESQUERA Y DIRECTORA GENERAL DE RELACIONES PESQUERAS INTERNACIONALES.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/12/1989
  • Fecha de publicación: 09/02/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 10/02/1990
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-2017-12663).
  • Fecha de derogación: 05/11/2017
Referencias anteriores
  • MODIFICA la Orden de 7 de marzo de 1988 (Ref. BOE-A-1988-5823).
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final del Real Decreto 535/1987, de 10 de abril (Ref. BOE-A-1987-9531).
Materias
  • Buques
  • Construcciones navales
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Pesca marítima

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