Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 53, de fecha 2 de marzo de 1990, página 6125, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el segundo párrafo del preámbulo, línea 6, donde dice: «aconseja mantener la actividad extractiva...», debe decir: «aconseja mantener un régimen especial de apoyo a la actividad exportadora, con el fin de sostener la actividad extractiva...».
En el tercer párrafo del preámbulo, línea 1, donde dice: «... acta...», debe decir: «... Acta...».
En el artículo 4.°, punto 2. apartado c), donde dice: «e) En caso de darse...», debe decir: «c) 300 pesetas/caja sobre el precio indicativo de cada destino y tipo de preparación, cuando se trate de presentaciones estuchadas».
En el artículo 4.º, punto 2. el apartado c) se conviene en apartado d).
En el apartado 5.º, segundo párrafo, línea 2, donde dice: «... precios señalados...», debe decir: «... precios indicativos señalados...».
En el articulo 6.°, línea 3, donde dice: «... preparación...», debe decir, «... presentación...».
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