AL OBJETO DE ATENDER LAS RELACIONES ENTRE ESPAÑA Y YUGOSLAVIA Y CON EL FIN DE FACILITAR LOS TRAMITES CONSULARES NECESARIOS, LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO EXTERIOR DE ESTE MINISTERIO, CONTANDO CON EL INFORME FAVORABLE DE LA DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES, HA PROPUESTO LA CREACION DE OFICINAS CONSULARES HONORARIAS DE ESPAÑA EN YUGOSLAVIA CON SEDE EN ZAGREB Y EN LJUBLJANA,
EN SU VIRTUD, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
APARTADO UNICO: SE CREAN DOS OFICINAS CONSULARES HONORARIAS, UNA EN ZAGREB (CAPITAL DE CROACIA) Y OTRA EN LJUBLJANA (CAPITAL DE ESLOVENIA), CON CATEGORIA DE CONSULADOS HONORARIOS, DEPENDIENDO DE LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN BELGRADO.
LO QUE COMUNICO A V. E. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 26 DE MARZO DE 1990.
FERNANDEZ ORDOÑEZ
EXCMO. SR. SUBSECRETARIO.
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