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Documento BOE-A-1990-10853

Orden de 28 de marzo de 1990 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, dictada con fecha 24 de enero de 1990, en el recurso contencioso-administrativo número 311/1987, en única instancia, interpuesto por la «Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras» (UNESPA), contra diversos artículos de la Orden de 7 de septiembre de 1987, que desarrolla el Reglamento de Ordenación del Seguro Privado, aprobado por Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 15 de mayo de 1990, páginas 13033 a 13033 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1990-10853
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1990/03/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 311/1987, en única instancia, interpuesto por la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), representada por el Procurador don José Luis Ortiz-Cañavate y Puig-Mauri, contra diversos artículos de la Orden de 7 de septiembre de 1987 que desarrolla el Reglamento de Ordenación del Seguro Privado aprobado por Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 24 de enero de 1990, cuya parte dispositiva es como sigue:

"Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso contencioso- administrativo número 311/1987 a que este pronunciamiento se contrae, promovido en única instancia por la representación procesal de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras contra la Administración del Estado, declaramos que es nulo el apartado d) del artículo 11 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda y que lo es asimismo el párrafo final del artículo 17 de la misma Orden por la disconformidad de ambos con el ordenamiento jurídico, desestimando el recurso en cuanto al resto, y sin hacer expresa imposición de costas."

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado", todo ello en cumplimiento de lo previsto en el artículo 105 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de fecha 27 de diciembre de 1956.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 28 de marzo de 1990.- P. D., el Subsecretario, Enrique Martínez Robles.

Ilmo. Sr. Director general de Seguros.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/03/1990
  • Fecha de publicación: 15/05/1990
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1956-17970).
  • DISPONE el cumplimiento de la Sentencia del TS de 24 de enero de 1990, por la que se declaran Nulos el apartado D) del art. 11 y el párrafo final del art. 17 de la Orden de 7 de septiembre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-21336).
  • CITA Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-1985-16318).
Materias
  • Aeronaves
  • Buques
  • Ferrocarriles
  • Mercancías
  • Seguro de accidentes
  • Seguro de asistencia sanitaria
  • Seguro de caución
  • Seguro de crédito
  • Seguro de crédito a la exportación
  • Seguro de enfermedad
  • Seguro de incendios
  • Seguro de responsabilidad civil
  • Seguro de transporte terrestre
  • Seguro sobre la vida
  • Seguros
  • Seguros agrarios combinados
  • Seguros contra daños
  • Seguros de vehículos de motor

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