Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 311/1987, en única instancia, interpuesto por la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), representada por el Procurador don José Luis Ortiz-Cañavate y Puig-Mauri, contra diversos artículos de la Orden de 7 de septiembre de 1987 que desarrolla el Reglamento de Ordenación del Seguro Privado aprobado por Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 24 de enero de 1990, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso contencioso- administrativo número 311/1987 a que este pronunciamiento se contrae, promovido en única instancia por la representación procesal de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras contra la Administración del Estado, declaramos que es nulo el apartado d) del artículo 11 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda y que lo es asimismo el párrafo final del artículo 17 de la misma Orden por la disconformidad de ambos con el ordenamiento jurídico, desestimando el recurso en cuanto al resto, y sin hacer expresa imposición de costas."
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado", todo ello en cumplimiento de lo previsto en el artículo 105 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de fecha 27 de diciembre de 1956.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 28 de marzo de 1990.- P. D., el Subsecretario, Enrique Martínez Robles.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid