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Documento BOE-A-1993-11801

Orden de 19 de abril de 1993 por la que se derogan los puntos 1, 3 y 4 del apartado 1 de la Orden de 9 de diciembre de 1975, modificados por la Orden de 10 de julio de 1989, sobre precintado de la bomba de inyección.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 1993, páginas 13670 a 13670 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1993-11801
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1993/04/19/(2)

TEXTO ORIGINAL

Dado el sistema de precintado de las bombas de inyección para motores diesel que equipan a los vehículos automóviles, no se contempla en las Directivas de la CEE 72/306, 80/1268, 88/195, 91/441 y 91/542, que afectan a los motores diesel instalados en los vehículos automóviles y que la intención de la legislación nacional va en el sentido de ser lo más fiel posible a la legislación comunitaria, se considera que la obligación impuesta por las Ordenes ministeriales antes indicadas debe ser derogada.

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

A partir de la fecha de la publicación de la presente Orden ministerial en el <Boletín Oficial del Estado>, quedan derogados los puntos 1, 3 y 4 del apartado 1 de la Orden de 9 de diciembre de 1975, modificados por la Orden de 10 de julio de 1989.

Lo que comunico a V. E. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 19 de abril de 1993.

ARANZADI MARTINEZ

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Industria.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/04/1993
  • Fecha de publicación: 07/05/1993
Referencias anteriores
Materias
  • Contaminación atmosférica
  • Medio ambiente
  • Normalización
  • Vehículos de motor

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