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Documento BOE-A-1995-26072

Orden 146/1995, de 17 de noviembre, por la que se modifica la estructura y el despliegue de la Fuerza Terrestre y se regula el ritmo de aplicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de agosto de 1994.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 1995, páginas 35009 a 35009 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1995-26072
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1995/11/17/146

TEXTO ORIGINAL

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de agosto de 1994, publicado por Orden 84/1994, de 5 de septiembre, por el que se establecen la entidad, la estructura y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra y se aprueba el programa de transición para su implantación, en su apartado undécimo, autoriza al Ministro de Defensa a introducir modificaciones en la estructura y el despliegue de la Fuerza Terrestre y a regular el ritmo de aplicación en función de lo que la experiencia o determinadas circunstancias aconsejen.

En su virtud, dispongo:

Primero.-Se modifican la estructura, el despliegue, las disoluciones y los traslados de Unidades que figuran en el cuerpo y los anexos I, II, III y IV del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de agosto de 1994, publicado por la Orden 84/1994, de 5 de septiembre, en el sentido que se indica en los apartados siguientes.

Segundo.-Las Unidades que a continuación se relacionan adoptarán la estructura de Regimiento:

De la Fuerza de Acción Rápida: Grupo Ligero de Caballería.

De la Brigada de Cazadores de Montaña:

Segunda Jefatura más dos Batallones de Cazadores de Montaña (Pamplona).

Batallón de Cazadores de Montaña (Jaca).

De la Brigada de Infantería Movilizable (Vitoria):

Batallón de Infantería (Munguía-Vizcaya).

Batallón de Infantería (San Sebastián-Guipúzcoa).

De las Fuerzas de la Defensa de Area en la Zona Militar de Canarias: Batallón de Infantería Ligero (Fuerteventura).

Tercero.-El Grupo de Artillería Antiaérea Ligero I pasa a ser Regimiento de Artillería Antiaérea y desplegará en Agoncillo-La Rioja, a donde se trasladará durante el período 1996/97.

Cuarto.-El Mando y Cuartel General del Mando de Artillería Antiaérea se desdobla en Mando y Cuartel General (Madrid) y Unidad de Transmisiones (Madrid).

Quinto.-Se modifica el despliegue de las siguientes Unidades:

Regimiento de Guerra Electrónica Táctica previsto en Marines (Valencia), desplegará en Madrid.

Regimiento de Artillería de Campaña de las Fuerzas Movilizables de Defensa previsto en Medina del Campo (Valladolid), desplegará en León.

Batallón de Servicios Especiales del Mando de Transmisiones previsto en Pozuelo (Madrid), desplegará en Madrid.

Sexto.-La disolución de las siguientes Unidades se efectuará en el período que al frente de cada una se indica:

Región Militar Sur:

Agrupación Logística 2 (Granada), 1996/97.

Unidad de Inteligencia 2 (Granada), 1996/97.

Grupo Logístico XXII (Camposoto-Cádiz), 1996/97.

Región Militar Pirenaica Oriental: Unidad de Inteligencia 4 (Lleida), 1996/97.

Región Militar Pirenaica Occidental:

Grupo de Artillería de Campaña LI (Logroño-La Rioja), 1996/97.

Grupo Logístico LI (Logroño-La Rioja), 1996/97.

Madrid, 17 de noviembre de 1995.

SUAREZ PERTIERRA

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/11/1995
  • Fecha de publicación: 02/12/1995
  • Fecha de derogación: 20/12/2003
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden DEF/3537/2003, de 10 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23288).
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado de los Anexos I a IV de la Orden 84/1994, de 5 de septiembre (Ref. BOE-A-1994-19988).
Materias
  • Administración Militar
  • Ejército de Tierra
  • Fuerzas Armadas
  • Ministerio de Defensa
  • Regiones militares
  • Zonas militares

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