Advertidos errores en la Orden de referencia, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 35, del pasado 10 de febrero de 2000, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
1.º Página 6210. Primer cuadro, tercera fila, segunda columna, correspondiente a la definición de los módulos 2 y 3, donde dice: "Personal no asalariado Superficie del" y "local" ; debe decir: "Personal no asalariado" y "Superficie del local", respectivamente.
2.º Misma página. Tercer cuadro, tercera fila, segunda columna, correspondiente a la definición de los módulos 2 y 3, donde dice: "Personal no asalariado Consumo" y "de energía eléctrica" ; debe decir: "Personal no asalariado" y "Consumo de energía eléctrica", respectivamente.
3.º Página 6211. Segundo cuadro, tercera fila, segunda columna, correspondiente a la definición de los módulos 2 y 3 ; donde dice: "Personal no asalariado Potencia" y "fiscal vehículo" ; debe decir: "Personal no asalariado" y "Potencia fiscal vehículo", respectivamente.
4.º Página 6229. Último cuadro, primera fila, primera línea del título de la Actividad, donde dice: "... como idiomas corte y confección," ; debe decir: "... como idiomas, corte y confección,".
5.º Página 6252. Columna derecha, en la tabla correspondiente al apartado 3.o), primera fila, tercera columna, donde dice: "Coefic. Lineal máximo-", debe decir: "Coefic. Lineal máximo-Porcentaje".
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