Visto el artículo 4.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, y el Real Decreto 2038/1994, de 14 de octubre, por el que se aprueba la Demarcación Notarial, que faculta en su disposición final al Ministerio de Justicia para dictar las normas complementarias que precise la aplicación del mismo, y a propuesta de la Dirección General de los Registros y del Notariado, previa la petición de la Junta Directiva del Colegio Notarial de La Coruña e informe favorable del Consejo General del Notariado sobre el cambio de denominación del Ilustre Colegio Notarial de La Coruña, sustituyendo esta última referencia por la de "Colegio Notarial de Galicia".
Este Ministerio ha acordado autorizar el cambio de denominación solicitado, de suerte que procede denominar "Colegio Notarial de Galicia" al Colegio Notarial cuyo ámbito territorial coincide con el de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Madrid, 24 de septiembre de 2002.
MICHAVILA NÚÑEZ
Ilma. Sra. Directora general de los Registros y del Notariado.
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