El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el Diario Oficial correspondiente.
Este mismo requisito venía ya impuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, que fue derogada por la citada Ley Orgánica 15/1999. De acuerdo con lo preceptuado por el mencionado artículo 18 se aprobó la Orden de 4 de octubre de 1999, al objeto de actualizar la relación de ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Fomento. Esta relación, contenida en el anexo de la citada Orden, ha sufrido varias modificaciones posteriores, como consecuencia de la necesidad de incorporar nuevos ficheros a los ya existentes o de suprimir algunos de ellos.
Es necesario en la actualidad realizar una nueva modificación en la indicada relación de ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Fomento, en el sentido de crear un nuevo fichero que asista al Departamento en la gestión de los recursos humanos, especialmente en el plan de pensiones de la Administración General del Estado.
En su virtud, dispongo:
En el anexo de esta Orden se incluye el fichero de nueva creación, denominado «Badaral 3», que se incorpora al conjunto de ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Fomento, que figuran en al anexo de la Orden de 4 de octubre de 1999.
El órgano responsable de este fichero es la Subsecretaría del Departamento. La Subdirección General de Recursos Humanos será, dentro del mencionado órgano directivo, la unidad competente ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación. Por lo demás, constan, respecto de este fichero, los siguientes extremos: nombre del fichero, finalidad y usos, personas a las que se refieren los datos, procedimiento de recogida de los datos, estructura básica del fichero, cesiones de datos personales previstas y medidas de seguridad.
Las medidas de seguridad que aparecen en el apartado correspondiente de este fichero son las que resultan de aplicación conforme a lo establecido en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.
Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de octubre de 2004.
ÁLVAREZ ARZA
Unidad para el Ejercicio de los Derechos de Acceso, Rectificación y Cancelación: Subdirección General de Recursos Humanos
NR: 258. Nombre: Badaral 3. Finalidad/usos: Asistencia a la gestión de recursos humanos, incluido el plan de pensiones. Personal/colectivos afectados: Personal del Ministerio de Fomento-partícipes del plan de pensiones. Procedimiento recogida: Fichas de personal. Generación por el sistema. Formularios de gestión de recursos humanos y de gestión interna del plan de pensiones. Estructura básica: Identificación del titular (DNI/NIF, apellidos y nombre, fecha de nacimiento, sexo), domicilio profesional, perfil administrativo (tipo de relación con la Administración, grupo, Cuerpo o categoría), situación administrativa y puesto de trabajo desempeñado, antigüedad, situación en el plan de pensiones y aportaciones realizadas por el Ministerio de Fomento como entidad promotora. Cesiones de datos personales previstas: Entidad gestora del plan de pensiones, entidades financieras colaboradoras, comisión de control del plan de pensiones, registro central de personal, Ministerio de Administraciones Públicas, Centrales Sindicales con representación en el Ministerio de Fomento. Medidas de seguridad: Nivel básico.
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