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Documento BOE-A-2004-19932

Orden EHA/3850/2004, de 18 de noviembre, por la que se amplía la Orden EHA/1517/2004, de 25 de mayo, por la que se reducen para el período impositivo 2003 los índices de rendimiento neto aplicables en el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 25 de noviembre de 2004, páginas 38883 a 38884 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-19932
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2004/11/18/eha3850

TEXTO ORIGINAL

La Orden EHA/1517/2004, de 25 de mayo, aprobó, para el período impositivo 2003, una reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. La relación de las actividades agrícolas y ganaderas así como los ámbitos territoriales afectados por esta reducción se definieron en el anexo de la citada Orden Ministerial. Con posterioridad a la publicación de la citada Orden en el Boletín Oficial del Estado, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido nuevo informe en el que se pone de manifiesto la existencia de situaciones de adversidad climática y otras circunstancias excepcionales que en su momento no se tuvieron en cuenta, que hacen necesario ampliar el anexo de la Orden EHA/1517/2004, para determinados ámbitos territoriales y cultivos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del Principado de Asturias, y de la Comunidad Valenciana. En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

Primero. Ampliación del anexo de la Orden EHA/1517/2004, de 25 de mayo, por la que se reducen para el período impositivo 2003 los índices de rendimiento neto aplicables en el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.-El anexo de la Orden EHA/1517/2004, de 25 de mayo, quedará ampliado en los ámbitos territoriales y actividades agrícolas siguientes:

Andalucía.

Almería.

Todos los términos municipales de las Comarcas Agrarias de Campo de Dalias y Los Vélez.

Frutos secos (Almendro).

0,19

Cádiz.

Términos municipales de: Arcos de la Frontera, Bornos, Castellar de la Frontera, Chipiona, El Puerto de Santa María, Espera, Jerez de la Frontera, Jimena de la Frontera, Los Barrios, Rota, San José del Valle, San Roque, Sánlucar de Barrameda, Tarifa y Villamartín.

Algodón.

0,30

Córdoba.

Términos municipales de: Adamuz, Aguilar de la Frontera, Almodóvar del Río, Córdoba, Fuente Palmera, Guadalcázar, Hornachuelos, La Carlota, La Rambla, La Victoria, Palma del Río, Posadas y Puente Genil.

Algodón.

0,30

Granada.

Todos los términos municipales de la Comarca Agraria de la Costa.

Productos hortícolas (tomate, pepino, pimiento, berenjena, calabacín, judía verde, melón y sandía).

Frutos no cítricos (chirimoya).

0,18

0,26

Término municipal de Arenas del Rey.

Productos hortícolas (tomate y pimiento).

0,18

Huelva.

Términos municipales de: Chucena, Escacena, La Palma del Condado, Manzanilla, Paterna del Campo, Villalba del Alcor y Villarrasa.

Algodón.

0,30

Jaén.

Términos municipales de: Andújar, Arjona, Arjonilla, Baeza, Begíjar, Espeluy, Ibros, Lopera, Lupión, Marmolejo, Úbeda y Villanueva de la Reina.

Algodón.

0,30

Asturias.

Todos los términos municipales de la Comunidad Autónoma.

Leguminosas (faba asturiana).

0,17

Frutos no cítricos (manzana para sidra).

0,26

Comunidad Valenciana.

Alicante.

Todos los Términos Municipales de la Comarca Agraria de Marquesado.

Frutos secos: almendro.

0,17

Castellón.

Todos los Términos Municipales de las Comarcas Agrarias de Bajo Maestrazgo, La Plana, Palancia, Peñagolosa.

Frutos secos: almendro.

0,19

Valencia.

Todos los Términos Municipales de las Comarcas Agrarias de Alto Turia, Campos de Liria, Hoya de Buñol, Riberas del Júcar, Sagunto.

Frutos secos: almendro.

0,19

Segundo. Regularización por contribuyentes afectados.-Los contribuyentes afectados por la reducción de índices de rendimiento neto aprobada en esta Orden que hubiesen presentado su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2003 podrán regularizar su situación presentando solicitud de rectificación de su autoliquidación ante el Delegado o Administrador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria competente por razón del domicilio fiscal del contribuyente, en los términos previstos en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1163/1990, de 21 de septiembre, por el cual se regula el procedimiento para la realización de devoluciones de ingresos indebidos de naturaleza tributaria.

Estas solicitudes de rectificación podrán presentarse a partir de la entrada en vigor de esta Orden.

Disposición final única.

Esta Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. E. y VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 18 de noviembre de 2004.

SOLBES MIRA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos e Ilmos. Sres. Secretario General de Hacienda, Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Director General de Tributos.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/11/2004
  • Fecha de publicación: 25/11/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 25/11/2004
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • AMPLÍA el anexo de la Orden EHA/1517/2004, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-2004-10000).
Materias
  • Agricultura
  • Andalucía
  • Asturias
  • Comunidad Valenciana
  • Estimación objetiva
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Inundaciones
  • Plagas del campo

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