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Documento BOE-A-2005-12320

Orden SCO/2304/2005, de 6 de julio, por la que se amplía la de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo y se crea el fichero del Sistema de Información de Gestión del Fondo de Cohesión Sanitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 2005, páginas 25475 a 25476 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2005-12320
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2005/07/06/sco2304

TEXTO ORIGINAL

Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que viene a derogar la anterior Ley Orgánica 5/1992, de 20 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD), se regularon los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo mediante Orden de 21 de julio de 1994 (BOE de 27 de julio). A fin de contemplar la relación de los ficheros automatizados gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo a los que afecta la citada Ley Orgánica y asegurar así a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos, se procede a la regulación de un fichero de nueva creación correspondiente a la Dirección General de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección. En su virtud, dispongo:

Primero.-Se amplía el contenido del Anexo I, «Ficheros de carácter sanitario», de la Orden de 21 de julio de 1994, con la inclusión de un nuevo fichero automatizado denominado Sistema de Información de Gestión del Fondo de Cohesión Sanitaria (SIFCO), registro de datos correspondiente a pacientes derivados para asistencia sanitaria a una Comunidad Autónoma distinta a aquella en la que tienen su residencia habitual, cuyos datos figuran en el Anexo de la presente Orden.

Segundo.-El titular del órgano responsable del fichero automatizado adoptará, bajo la superior dirección de la Ministra de Sanidad y Consumo las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en sus normas de desarrollo, y en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Estado.

Madrid, 6 de julio de 2005.

SALGADO MÉNDEZ

ANEXO Ficheros de nueva creación en los sistemas informáticos del Ministerio de Sanidad y Consumo

Denominación del fichero: SIFCO. Sistema de Información de Gestión del Fondo de Cohesión Sanitaria. Usos y fines: Gestión del Fondo de Cohesión Sanitaria. Personas y/o colectivos afectados: enfermos residentes en España desplazados para recibir asistencia sanitaria en una Comunidad Autónoma distinta de aquella en la que tienen su residencia habitual. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Transmisión electrónica de datos a través de las Comunidades Autónomas. Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos: Base de Datos, con inclusión de los siguientes datos de carácter personal:

Datos personales: Nombre y dos apellidos.

Nacionalidad. País de residencia. Provincia de residencia. Fecha de nacimiento. Sexo. Documento nacional de identidad o pasaporte. Tarjeta Sanitaria Individual Domicilio y teléfono

Asistencia sanitaria solicitada:

Descripción de la asistencia solicitada.

Código de la asistencia solicitada.

Asistencia sanitaria realizada:

Descripción de la asistencia realizada.

Código de la asistencia realizada.

Cesiones previstas:

La base de datos nominal nunca será cedida a terceros.

El resto de la base de datos (no de carácter nominal) podrá ser cedida a efectos estadísticos y para la gestión del Fondo de Cohesión Sanitaria a los Servicios Públicos responsables de dicha gestión. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Cohesión de Sistema Nacional de Salud y de Alta Inspección. Unidad o Servicio ante el que se puede ejercitar el derecho de acceso, rectificación o cancelación: Subdirección General de a Análisis Eco-nómico y Fondo de Cohesión. Medidas de Seguridad: Nivel alto.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 06/07/2005
  • Fecha de publicación: 16/07/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 17/07/2005
Referencias anteriores
  • AMPLÍA el anexo I de la Orden de 21 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17552).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Sanidad y Consumo

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