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Documento BOE-A-2005-14835

Orden TAS/2763/2005, de 26 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente fondos complementarios para formación continua gestionados por las Comunidades Autónomas para el año 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 3 de septiembre de 2005, páginas 30203 a 30204 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-14835
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2005/08/26/tas2763

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Ley 7/2005, de 22 de abril, ha modificado la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, en materia de financiación de la formación continua, permitiendo incrementar los fondos a transferir a las Comunidades Autónomas para su gestión. El artículo 86.2 de la Ley 47/ 2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria establece que la Conferencia Sectorial correspondiente fijará los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos de subvenciones cuya gestión han asumido las Comunidades Autónomas y que los compromisos financieros resultantes serán formalizados mediante Acuerdo del Consejo de Ministros. La Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, en la reunión celebrada el 7 de junio de 2005, acordó los criterios objetivos de distribución de fondos complementarios para formación continua gestionados por las Comunidades Autónomas para el año 2005. El Consejo de Ministros, en su reunión de 29 de julio de 2005, decidió su formalización, por lo que debe procederse a la distribución de las cantidades asignadas a cada Comunidad Autónoma. En consecuencia, he dispuesto:

Artículo 1. Objeto.

Dar publicidad a los criterios objetivos de la distribución territorial a las Comunidades Autónomas de fondos complementarios para la financiación de contratos programa para la formación, para el ejercicio económico de 2005, que figuran en el anexo de esta Orden, en el que aparecen también las cantidades correspondientes a cada una de las Comunidades Autónomas.

Artículo 2. Justificación.

Para la aplicación y justificación de las subvenciones objeto de la presente Orden será de aplicación lo dispuesto en los artículos 2, 3 apartados 1, 4 y 5, y disposiciones adicionales primera, segunda, tercera apartado 4, cuarta, quinta en lo relativo a la cumplimentación del anexo II.7, sexta y octava de la Orden TAS/892/2005, de 16 de marzo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2005, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, publicada en el BOE de 8 de abril de 2005.

Los documentos justificativos se ajustarán a los modelos que aparecen como anexos II.7, II.8, y en su caso, II.4 de la referida Orden TAS/892/2005, de 16 de marzo.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de agosto de 2005.

CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN

Sra. Subsecretaria, Sres. Secretario General de Empleo, Director General del Servicio Público de Empleo Estatal e Interventores Delegados de la I.G.A.E. en este Ministerio y en el Servicio Público de Empleo Estatal.
ANEXO Distribución de fondos complementarios para acciones de formación continua
Aplicación Presupuestaria: 19.101.241-A.452.50

Disposiciones reguladoras: Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas mediante Contratos Programa para la formación de trabajadores, dictada en desarrollo del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, modificada por las Órdenes TAS/2094/2005, de 17 de junio, y TAS/2562/2005, de 28 de julio.

Criterios de distribución:

En función del número de trabajadores ocupados de la Encuesta de Población Activa del segundo trimestre de 2004, descontados los empleados del Sector Público.

Distribución territorial de fondos complementarios a las Comunidades Autónomas para la financiación de contratos programa para la formación

Comunidades Autónomas

Contratos programa

Andalucía

10.755.320

Aragón

2.077.194

Asturias

1.576.845

Baleares

1.763.987

Canarias

3.171.102

Cantabria

934.082

Castilla y León

3.879.576

Castilla-La Mancha

2.751.574

Cataluña

12.899.109

Comunidad Valenciana

8.069.790

Extremadura

1.453.013

Galicia

4.684.884

Madrid

9.969.834

Murcia

2.078.836

Navarra

1.061.171

Rioja (La)

517.693

Total

67.644.010

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/08/2005
  • Fecha de publicación: 03/09/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 03/09/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21614).
  • CITA Orden TAS/892/2005, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2005-5727).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Formación profesional
  • Gestión presupuestaria
  • Presupuestos Generales del Estado
  • Subvenciones

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