El Real Decreto 3185/1978, de 29 de diciembre, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 12/1978, de 27 de abril, sobre fijación y delimitación de facultades entre el Ministerio de Defensa y el de Transporte y Comunicaciones (en la actualidad Ministerio de Fomento), dispone, entre otros aspectos, que para representar los intereses de la Defensa Nacional o de la aviación militar en los aeropuertos y aeródromos públicos civiles, se establezca en cada aeropuerto o conjunto de ellos, una Comandancia Militar Aérea, siendo competencia del Ministerio de Defensa, a propuesta del Ejército del Aire, la fijación, modificación de la estructura y encuadramiento orgánico de las mismas. Asimismo, establece que las Comandancias Militares Aéreas tendrán como misión esencial facilitar el desarrollo de las operaciones militares aéreas en los aeropuertos o aeródromos de su demarcación, a cuyos efectos dependerán orgánicamente de los Mandos Aéreos del Ejército del Aire. Por último, dispone que el Comandante de una Base Aérea cuyas pistas y servicios sean utilizados por un aeropuerto público civil ejerce, además de las funciones y misiones que como tal le corresponden, las atribuidas a los Comandantes Militares Aéreos de Aeropuerto. El citado Real Decreto 3185/1978, de 29 de diciembre, está desarrollado por la Orden DEF/404/2006, de 13 de febrero, en la que se establecen las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto y se fija sus dependencias orgánicas de los Mandos Aéreos de la Fuerza del Ejército del Aire. El desarrollo del Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencia, implica cambios de estructura orgánica entre los que cabe destacar la asunción por parte del Mando Aéreo de Combate de competencias orgánicas de unidades del Ejército del Aire que hasta el momento no tenía. Por todo lo anterior, se hace necesario proceder a actualizar la dependencia de las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto con respecto a los actuales Mandos Aéreos. En su virtud, a propuesta del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 4.2 del Real Decreto 3185/1978, de 29 de diciembre, dispongo:
Apartado único. Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto.
Bajo la dependencia orgánica de los Mandos Aéreos del Ejército del Aire que para cada una se indican, se establecen las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto (CMAA) que a continuación se relacionan: a) Dependientes del Mando Aéreo General: 1.º CMAA de Alicante: Demarcación, Aeropuerto de Alicante.
2.º CMAA de Almería: Demarcación, Aeropuerto de Almería. 3.º CMAA de Asturias: Demarcación, Aeropuerto de Asturias. 4.º CMAA de Barcelona: Demarcación, Aeropuertos de Barcelona, Sabadell, Girona-Costa Brava y Reus. 5.º CMAA de Madrid-Cuatro Vientos: Demarcación, Aeropuerto de Madrid-Cuatro Vientos. 6.º CMAA de Granada: Demarcación, Aeropuertos de Granada-Jaén y Córdoba. 7.º CMAA de Ibiza: Demarcación, Aeropuertos de Ibiza y Menorca. 8.º CMAA de Madrid-Barajas: Demarcación, Aeropuerto de Madrid-Barajas. 9.º CMAA de Málaga: Demarcación, Aeropuerto de Málaga. 10.º CMAA de Melilla: Demarcación, Aeropuerto de Melilla. 11.º CMAA de Palma de Mallorca: Demarcación, Aeropuertos de Palma de Mallorca y Son Bonet. 12.º CMAA de Santander: Demarcación, Aeropuertos de Santander y Burgos. 13.º CMAA de Santiago: Demarcación, Aeropuertos de Santiago, A Coruña y Vigo. 14.º CMAA de Sevilla: Demarcación, Aeropuertos de Sevilla y Jerez.
b) Dependientes del Mando Aéreo de Combate.
1.º CMAA de Valencia: Demarcación, Aeropuerto de Valencia.
2.º CMAA de Vitoria: Demarcación, Aeropuertos de Vitoria, Bilbao, San Sebastián y Pamplona. 3.º CMAA de Zaragoza: Demarcación, Aeropuertos de Zaragoza, Logroño-Agoncillo y Huesca-Pirineos.
c) Dependientes del Mando Aéreo de Canarias:
1.º CMAA de Gran Canaria: Demarcación, Aeropuerto de Gran Canaria.
2.º CMAA de Tenerife: Demarcación, Aeropuertos de Tenerife-Norte, Tenerife-Sur, Hierro, La Palma y La Gomera. 3.º CMAA de Lanzarote: Demarcación, Aeropuertos de Lanzarote y Fuerteventura.
1. Queda derogada la Orden DEF/404/2006, de 13 de febrero, por la que se establecen las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto y se fijan sus dependencias.
2. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en cuanto se oponga a lo establecido en esta orden ministerial.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de mayo de 2007.-El Ministro de Defensa, José Antonio Alonso Suárez.
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