Está Vd. en

Documento BOE-A-2009-5072

Orden ITC/742/2009, de 20 de marzo, por la que se establecen los precios públicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2009, páginas 29281 a 29284 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-5072
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2009/03/20/itc742

TEXTO ORIGINAL

La Orden ITC/1418/2004, de 17 de mayo, de reclasificación en precios públicos de las tasas percibidas por los servicios y actividades relativos a fondos documentales, bases de datos y servicios documentales para la información tecnológica y por la que se actualizan los precios públicos percibidos por determinados servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas, procedió a la reclasificación en precios públicos de las tasas que venía percibiendo la Oficina Española de Patentes y Marcas, así como a la actualización de los precios públicos percibidos por determinados servicios.

Desde la citada fecha no se ha llevado a cabo una revisión de los precios públicos del organismo, por lo que se acusan los efectos del tiempo en relación tanto a su adecuación a las necesidades actuales como a su significado y fundamento original, que a menudo ha quedado superado u obsoleto como demuestra la experiencia de los últimos años.

Por tales motivos se impone la necesidad de llevar a cabo una reformulación de los conceptos y cuantías contemplados en el sistema de precios públicos vigente, con el fin de dar respuesta a la nueva situación determinada por la evolución de los servicios, de las nuevas tecnologías y de las demandas de los usuarios.

Más allá de la simple actualización de precios, las modificaciones propuestas comprenden la supresión, refundición y creación de distintas categorías de precios, así como el aumento o rebaja en los importes de algunos de ellos.

Finalmente cabría señalar que en la mayoría de los casos se mantienen las cuantías contempladas en la citada Orden ITC/1418/2004, de 17 de mayo, lo que supone una rebaja de facto de los importes en cuestión, al no procederse a la actualización de los mismos por aplicación del IPC acumulado en los últimos años.

La presente orden se dicta de conformidad con lo establecido en el art. 26 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, según redacción dada por Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.

En su virtud, dispongo:

Primero. Precios públicos por productos y servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas.–Los precios públicos por productos y servicios cuya percepción corresponde a la Oficina Española de Patentes y Marcas son los que se establecen en el anexo a la presente orden. Los importes recogidos en el mismo no llevan incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, siéndole de aplicación el porcentaje que corresponda para los mismos según lo establecido por la legislación vigente.

Segundo. Descuento por contribución a la difusión de productos o servicios.–Las entidades que contribuyan a la difusión de los productos o servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas podrán obtener en contraprestación descuentos sobre los referidos precios de hasta el 30 por cien, previo acuerdo con la Oficina Española de Patentes y Marcas. En lo que se refiere a las publicaciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, cuando éstas se vendan a través de distribuidores, podrán ofrecerse a los mismos los descuentos habituales en el mercado.

Tercero. Precios resultantes de convenios de colaboración y otros acuerdos.

1. En el caso de que la Oficina Española de Patentes y Marcas celebre convenios con otros organismos públicos, en virtud de los cuales se fijen mecanismos de cooperación y/o intercambio que afecten a productos y servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas, se aplicarán los precios resultantes de lo acordado en dichos convenios.

2. Igualmente a los servicios derivados de acuerdos externos se aplicarán los precios resultantes de los convenios y acuerdos correspondientes.

Disposición adicional primera. Acciones de difusión y promoción.

En el caso de que la Oficina Española de Patentes y Marcas tenga almacenados sobrantes de ediciones atrasadas de productos, tales como publicaciones, discos, etc., sujetos al régimen de precios públicos, se podrán distribuir de forma gratuita para realizar acciones de difusión y promoción de dichos productos.

Disposición adicional segunda. Publicaciones sobre Propiedad Industrial.

Las publicaciones sobre propiedad industrial editadas antes de la entrada en vigor de la presente orden, mantendrán el precio de venta al público que tenían cuando se editaron.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogada la Orden ITC/1418/2004, de 17 de mayo, de reclasificación en precios públicos de las tasas percibidas por los servicios y actividades relativos a fondos documentales, bases de datos y servicios documentales para la información tecnológica, y por la que se actualizan los precios públicos percibidos por determinados servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas, así como sus actualizaciones posteriores.

Disposición final primera. Autorización para el establecimiento y la modificación de la cuantía de los precios públicos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 26.1.b) de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, mediante resolución del Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas, previa autorización del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, podrá procederse al establecimiento y modificación de las cuantías establecidas en el anexo de la presente orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el 4 de mayo de 2009.

Madrid, 20 de marzo de 2009.–El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián Gascón.

ANEXO
Precios públicos
1. Publicaciones

Euros

a) Publicaciones:

1,01

Índice Anual de Invenciones

25,00

1,02

Índice Anual de Marcas y Diseños Industriales

25,00

1,03

Clasificaciones Internacionales/por tomo

62,88

1,04

1.4 Nuevas publicaciones sobre Propiedad Industrial: el precio será el resultado de dividir los costes externos por la tirada y multiplicar por un coeficiente que se establecerá de acuerdo con los criterios de política tecnológica y de difusión de la propiedad industrial de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

1,05

Publicación estadísticas propiedad industrial

25,00

Euros

b) Gastos de envío:

1,06

España, (por ejemplar)

3,00

Extranjero (por ejemplar)

15,00

2. Fondos documentales

a) Reproducción de documentación nacional:

Reproducción de documentación nacional en papel:

Documento individualizado:

2,01

Patentes

4,69

2,02

Modelos de utilidad

1,43

2,03

Resúmenes, descripciones y otra documentación/por página

0,23

Reproducción de documentación nacional en soporte electrónico:

Suscripción anual completa:

2,04

Patentes

137,13

2,05

Modelos Utilidad

22,96

Suscripción anual selectiva:

2,06

Por suscripción anual

22,96

Documento individualizado:

2,07

Por documento

4,69

b) Reproducción de documentación extranjera en papel:

2,08

Documento completo

4,69

2,09

Resúmenes y/u otro documento/por pagina

0,23

c) Reproducción de documentación gráfica del Archivo Histórico:

2,10

Reproducción en papel/por lámina

2,00

2,11

Reproducción digital/por imagen escaneada

0,60

2,12

Grabación en CD o DVD/por cada CD o DVD

3,00

2,13

Reproducción en papel formato A4 a partir de soporte digital/por imagen

0,23

3. Bases de datos

Bases de datos de la OEPM:

A) SITADEX:

Búsqueda retrospectiva:

Por número de expediente:

3,01

Información en línea/por minuto

1,18

3,02

Información impresa/por expediente

1,18

Por titular:

3,03

Información impresa (cuota fija)

18,66

Adicional por expediente recuperado

1,18

Euros

Por otros datos identificativos:

3,04

Información impresa (cuota fija)

166,11

Adicional por expediente recuperado

1,18

B) INTERPAT:

Búsqueda retrospectiva:

3,05

Información impresa/hasta 100 referencias

18,66

Por referencia adicional

0,19

C) INPAMAR:

Búsqueda retrospectiva:

3,06

Información en línea/por consulta hasta 3 minutos

17,18

Por minuto adicional

1,18

3,07

Información impresa/por consulta

17,18

Vigilancia de Marcas (suscripción anual –hasta 31 de diciembre– y envío diario por correo electrónico de información sobre posibles identidades y parecidos entre una denominación propuesta y nuevas solicitudes publicadas):

3,08

Por denominación

95,00

Bases de datos externas a la OEPM:

Información impresa:

3,09

Por conexión y recuperación de 0 a 20 referencias en búsquedas no químicas

85,86

3,10

Por referencia adicional

0,85

Gastos de envío:

3,11

España/por informe

3,00

Extranjero/por informe

15,00

4. Servicios documentales para información tecnológica

4,01

Informe Tecnológico de Patentes/por informe

440,00

4,02

Servicio de Vigilancia Tecnológica a medida/por hora-técnico y por búsqueda nacional o internacional

38,09

+ búsquedas (ver epígrafes):

4,03

Otros servicios de información tecnológica/hora-técnico

38,09

Gastos de envío de los servicios documentales:

4,04

España/por informe o servicio

3,00

4,05

Extranjero/por informe o servicio

15,00

5. Otros servicios

5,01

Inserción de edictos en el BOPI

150,00

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/03/2009
  • Fecha de publicación: 26/03/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 04/05/2009
  • Fecha de derogación: 19/07/2015
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden IET/1186/2015, de 16 de junio (Ref. BOE-A-2015-6820).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden ITC/1418/2004, de 17 de mayo (Ref. BOE-A-2004-9514).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 26 de la Ley 8/1989, de 13 de abril (Ref. BOE-A-1989-8508).
Materias
  • Oficina Española de Patentes y Marcas
  • Precios

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid