A propuesta del Director General de Armamento y Material, en relación con la Enmienda número 4 al MOU de la Comunidad NH-90, cuyo objeto es la adhesión de España y Nueva Zelanda a la Comunidad de Usuarios del Helicóptero NH-90 y la Enmienda número 2 al Acuerdo de Programa 1 (PA1) de la citada Comunidad que regula las contribuciones anuales a los gastos administrativos de la Agencia OTAN NAHEMA, (Nato Helicopters Management Agency), cuyo importe máximo de la cuota, en condiciones económicas de 2011, asciende a ciento setenta y cinco mil ochocientos cuarenta euros (175.840,00 euros).
Visto el informe favorable de la Asesoría Jurídica General de Defensa, de fecha 8 de septiembre de 2011, resuelvo:
1. Autorizar la Orden de Inicio del Expediente de Enmienda número 4 al MOU y Enmienda número 2 al Acuerdo del Programa de la Comunidad NH90.
2. Delegar en el Director General de Armamento y Material, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la tramitación del correspondiente expediente de gasto, incluida su aprobación y compromiso.
Madrid, 21 de septiembre de 2011.–La Ministra de Defensa, Carme Chacón Piqueras.
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