La Constitución Española, en su artículo 149.1.2ª, atribuye la competencia en materia de extranjería de forma exclusiva al Estado. En virtud de este título competencial, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, atribuyen diversas competencias a los Subdelegados del Gobierno y a los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales.
En los territorios que no forman parte del ámbito territorial de ninguna Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de Autonomía, esas atribuciones se ejercen por los titulares de los órganos ministeriales competentes en materia de extranjería.
El artículo 1 del Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, atribuye al Ministro del Interior el ejercicio de las competencias que, en el ámbito policial, le encomienda la legislación vigente en materia de extranjería.
Por tanto, en todos aquellos territorios que no figuren adscritos a ninguna Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de Autonomía, el Ministro del Interior ostenta las competencias en materia de extranjería correspondientes a este departamento ministerial. Tal es el caso de las Islas Chafarinas y de los Peñones de Alhucemas y Vélez de la Gomera, territorios de soberanía española que no se encuentran adscritos a ninguna Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de Autonomía.
Esta orden tiene por objeto delegar en el Delegado del Gobierno en Melilla las competencias en materia de extranjería que el Ministro del Interior ostenta en los mencionados territorios, por razones eficacia y celeridad.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Uno. Se añade un nuevo punto 3 al apartado sexto, con la siguiente redacción:
«3. El Delegado del Gobierno en Melilla, por delegación del Ministro, ejercerá en los territorios de las Islas Chafarinas y de los Peñones de Alhucemas y Vélez de la Gomera las mismas competencias que tenga atribuidas en materia de extranjería en su ámbito territorial.»
Dos. El punto 3 del apartado sexto pasa a ser el punto 4.
Esta orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de marzo de 2017.–El Ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido Álvarez.
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