De acuerdo con la disposición transitoria primera del Real Decreto 1390/2007, por el que se aprueba el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, dispongo:
El cambio de categoría de la Oficina Consular en Santa Fe, que en lo sucesivo tendrá la categoría de Consulado Honorario.
El cambio de categoría de la Oficina Consular Honoraria no supondrá incremento alguno del gasto, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional trigésima sexta de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y su funcionamiento deberá realizarse con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, sin que pueda suponer incremento de dotaciones, retribuciones ni otros gastos de personal.
Dicho cambio de categoría deberá ser comunicado y sometido a la aceptación del Estado receptor.
Madrid, 18 de mayo de 2018.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Alfonso María Dastis Quecedo.
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