Está Vd. en

Documento BOE-A-1980-15961

Real Decreto 1527/1980, de 11 de julio, por el que se extiende el Real Decreto 2826/1979, de 17 de diciembre, a las industrias que establezcan en los polos de desarrollo y grandes áreas de expansión industrial.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 24 de julio de 1980, páginas 16810 a 16810 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1980-15961
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1980/07/11/1527

TEXTO ORIGINAL

Entre los beneficios concedidos por la Ley ciento noventa y cuatro/mil novecientos sesenta y tres, de veintiocho de didiciembre, reguladora del Plan de Desarrollo Económico y Social a las industrias que se establezcan en los polos y polígonos industriales y por las disposiciones reguladores del fomento de la industrialización en las grandes áreas de expansión industrial figuran la concesión de subvenciones con cargo a las correspondientes partidas en el programa de inversiones públicas del Estado.

La difícil situación económica por la que atraviesan las Empresas industriales colaboradoras de desarrollo industrial aconseja agilizar los trámites y periodo de disponibilidad de las ayudas económicas previstas en sus normas reguladoras, estableciendo un régimen análogo al previsto en el Real Decreto dos mil ochocientos veintiseis/mil novecientos setenta y nueve, de diecisiete de diciembre, sobre protección de medio ambiente atmosférico,, con las particularidades propias de su régimen jurídico.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día once de julio de mil novecientos ochenta,

DISPONGO:

Artículo único.

Uno. El procedimiento especial para la concesión y contabilización de subvenciones establecido en el Real Decreto dos mil ochocientos veintiséis/mil novecientos setenta y nueve, de diecisiete de diciembre, se aplicará al régimen de concesión de ayudas a las Empresas y actividades que se acojan a los beneficios de los concursos de las grandes áreas de expansión industrial, polos de desarrollo, zonas y polígonos de preferente localización industrial.

Dos. Las menciones a la Dirección General de Medio Ambiente y a las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía contenidas en el citado Real Decreto se entenderán referidas, respectivamente, a la Dirección General de Acción Territorial y Urbanismo y a los Organismos provinciales de los Ministerios competentes por razón de la actividad o industria subvencionada.

Tres. Se autoriza al Ministro de Obras Públicas y Urbanismo para dictar las normas complementarias necesarias en orden a la fijación de la fecha de pago dentro del respectivo ejercicio económico y el límite máximo del abono a cuenta de la subvención concedida, a fin de ajustar los mismos a los créditos presupuestarios anuales, así como cuantas otras requiera la ejecución de lo establecido en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a once de julio de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo,

JESUS SANCHO ROF

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 11/07/1980
  • Fecha de publicación: 24/07/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 13/08/1980
  • Fecha de derogación: 17/02/1984
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • AMPLÍA el Ámbito de aplicación del Real Decreto 2826/1979, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-29939).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 194/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22668).
Materias
  • Industrias
  • Polígonos industriales
  • Polos de promoción y de desarrollo industrial
  • Subvenciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid